Diario Oficial de la Federación de 12/10/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación12 Octubre 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 10 Ciudad de México, jueves 12 de octubre de 2023
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Marina
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 293
2 DIARIO OFICIAL Jueves 12 de octubre de 2023
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las
entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de
personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida
por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación, por
conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, y el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.-
Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE
SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA
REALIZAR ACCIONES DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA
NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN,
POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO
POR SU TITULAR KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “CNBP”;
Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, MIGUEL ÁNGEL
RIQUELME SOLÍS; EL SECRETARIO DE GOBIERNO, FERNANDO DONATO DE LAS FUENTES HERNÁNDEZ; EL
SECRETARIO DE FINANZAS, BLAS JOSÉ FLORES DÁVILA, Y EL TITULAR DE LA COMISIÓN DE BÚSQUEDA DEL
ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, RICARDO MARTÍNEZ LOYOLA, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD
FEDERATIVA”, EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIA DEL SUBSIDIO; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE
SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha veintiséis de enero de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el
“Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Fed erativas
a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de bús queda de personas, en el
marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición C ometida por
Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para el Ejercicio F iscal 2023”, (en lo sucesivo,
Lineamientos), cuyo objeto es establecer los requisitos, procedimientos y disposiciones para el otorgamiento,
administración, ejercicio, seguimiento y evaluación de los recursos de los subsidios a l os que podrán acceder
las Comisiones Locales de Búsqueda de las entidades federativas constituidas legalmente, en el marco d e la
Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del
Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (“Ley General”), para implementar proyectos que contribuyan a
las acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas.
Con fecha treinta y uno de marzo de 2023, fue celebrado el Convenio de Coordinación y Adhesión para el
otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de B úsqueda para
realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la “Ley General”, entr e la Secretaría de
Gobernación, por conducto de la “CNBP” y el Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza (CONVENIO).
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, (PEF 2023), el correspondiente
al Ramo 04 Gobernación, Programas Federales, Otros Subsidios, U-008 Subsidios para las acciones de
búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas subsidios y subvenciones; prevé una asign ación de
$811’421,430.00 (Ochocientos once millones cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos treinta pesos
00/100 M.N.), para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades
federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de
personas, en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, de los
cuales a la fecha, queda pendiente la asignación de la cantidad de $248,890,407.71 (Doscientos cuarenta y
ocho millones ochocientos noventa mil cuatrocientos siete pesos 71/100 M.N.), por concepto de la bolsa de
recursos concursables.
Jueves 12 de octubre de 2023 DIARIO OFICIAL 3
Mediante oficio número CBE/2193/2023, de fecha seis de julio de 2023, el Gobierno del Estado de
Coahuila de Zaragoza, solicitó a la “CNBP” celebrar el presente instrumento jurídico. Lo anterior, con
fundamento en los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de los Lineamientos y en términos de la Cláusula Vigésima del
Convenio de Coordinación y Adhesión.
Por oficio número SEGOB/CNBP/4176/2023, de fecha diecisiete de julio de 2023, la “CNBP” autorizó la
procedencia de la solicitud de acceso al recurso concursable solicitado.
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario utilizar la totalidad de los recursos destinados
para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para realizar acciones de búsqueda y
localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas, “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar
el presente Convenio Modificatorio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. La “CNBP” declara que:
I.1. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las Declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en el
presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su integridad
como si a la letra se insertaran en el presente Convenio Modificatorio.
I.2. Para efectos legales de este Convenio Modificatorio, señala como su domicilio el ubicado en Camino
a Santa Teresa 1679, Planta Baja, Colonia Jardines del Pedregal, Alcaldía Álvaro Obregón, Código
Postal 01900, Ciudad de México, México.
I.3. Las documentales, justificativas y comprobatorias que acreditan y sustentan la procedencia de este
instrumento, obran en el expediente de la “CNBP”; lo anterior, para todos los fines y efectos legales a
que haya lugar, por lo que corresponde a dicha área cualquier justificación y sustento sobre
el particular.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, en términos del
presente instrumento jurídico.
II.2. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las Declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en el
presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su integridad
como si a la letra se insertaran en el presente instrumento jurídico.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1. Cuentan con las facultades necesarias para intervenir en la suscripción del presente Convenio
Modificatorio.
III.2. Se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan su conformidad para la
celebración del presente Convenio Modificatorio.
III.3. Celebran el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 22, 23, 24, 25 y
26 de los Lineamientos y en términos de la Cláusula Vigésima del “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan modificar el “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo
estipulado en las Cláusulas Primera y Tercera, manifestando su voluntad para obligarse de conformida d con
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto.
“LAS PARTES” acuerdan modificar el Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamient o de
subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones
de búsqueda de personas, en el marco de la “Ley General”, celebrado el treinta y uno de marzo de 2023,
agregando un segundo párrafo a la Cláusula Primera y un penúltimo y último párrafo a la Cláusula Tercera,
para quedar como se señala a continuación:

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