Diario Oficial de la Federación de 09/10/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación09 Octubre 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 7 Ciudad de México, lunes 9 de octubre de 2023
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Comisión Federal de Electricidad
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Fiscalía General de la República
Avisos
Indice en página 261
2 DIARIO OFICIAL Lunes 9 de octubre de 2023
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
AUTORIZACIÓN Definitiva número cinco a favor del señor Raul Perez de Celis Canseco, para ejercer funciones
de Cónsul Honorario de la República Francesa en la ciudad de Santiago de Querétaro, con circunscripción
consular en el Estado de Querétaro.
La Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honorario que la Embajada de la Rep ública Francesa en México
expidió a favor del señor Raul Perez de Celis Canseco, le concede la presente Autorización Definitiva para
que pueda ejercer las funciones de su cargo en la Ciudad de Santiago de Querétaro, con circunscripción
consular en el Estado de Querétaro.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaci ones
Exteriores, y registrada bajo el número cinco a fojas treinta y dos del libro corres pondiente, el día veinticinco
de septiembre de dos mil veintitrés.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena
Ibarra.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número seis a favor del señor Alejandro Vazquez Salcedo, para ejercer funciones de
Cónsul Honorario de Hungría en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en los estados de
Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco y Michoacán de Ocampo.
La Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Patente de Cónsul Honorario que el Ministro de Asuntos Exteriores y de Come rcio Exterior de
Hungría expidió a favor del señor Alejandro Vazquez Salcedo, le concede la presente Autorización Definitiva
para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Guadalajara, co n circunscripción consular
en los estados de Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco y Michoacán de Ocampo.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaci ones
Exteriores, y registrada bajo el número seis a fojas treinta y dos del libro correspondiente, el día veinticinco de
septiembre de dos mil veintitrés.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena
Ibarra.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número siete a favor de la señora Maria Isabel Gomez Castellanos, para ejercer
funciones de Cónsul Honoraria de la República de Polonia en la Ciudad de Guadalajara, con circunscripción
consular en los estados de Colima, Jalisco y Nayarit.
La Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Patente de Cónsul Honoraria que el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Polonia
expidió a favor de la señora Maria Isabel Gomez Castellanos, le concede la presente Autorización Definitiva
para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la Ciudad de Guadalaj ara, con circunscripción consular
en los estados de Colima, Jalisco y Nayarit.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaci ones
Exteriores, y registrada bajo el número siete a fojas treinta y dos del libro correspondiente, el día veinticinco de
septiembre de dos mil veintitrés.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena
Ibarra.- Rúbrica.
Lunes 9 de octubre de 2023 DIARIO OFICIAL 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se fija el importe máximo de rentas por zonas y tipos de inmuebles a que se refiere el
artículo 146 de la Ley General de Bienes Nacionales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
2, 17, 26 y 31 fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 101 fracción X, 142, 143
fracción XII y 146 de la Ley General de Bienes Nacionales, 4, apartado G, fracción V; 48 y 49 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1, 3 fracción V, 4 fracción I, inciso a) y 6, fracciones V
y IX, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y
CONSIDERANDO
Que, la fracción XII del artículo 143 de la Ley General de Bienes Nacionales establece que previamente a
la celebración de contratos de arrendamiento, corresponderá a la Secretaría dictaminar el monto de las rentas
que las dependencias, las unidades administrativas de la Presidencia de l a República y las entidades, deban
pagar cuando tengan el carácter de arrendatarias.
Que, la fracción IX del artículo 6 del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bie nes
Nacionales (INDAABIN), confiere al Presidente de este Instituto, la facultad para fijar el importe máximo de
rentas por zonas y tipos de inmuebles a que se refiere el artículo 146 de la Ley de referencia.
Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 151, 152 y 160, fracción III del Acuerdo por el que
se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010, y cuya última reforma fue publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 05 de abril del 2016 en adelante (Dispos iciones), establece que corresponderá al
INDAABIN fijar el importe máximo de la renta que las instituciones públicas podrán convenir con el propietario
de cada inmueble, de acuerdo a la zona en que se localice y al tipo de inmueble de que se trate.
Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción VII del artículo 12 del Reglamento
del INDAABIN, el Director General de Avalúos y Obras de este Instituto, me propuso el establecimiento y
actualización de los importes máximos de rentas por zonas y tipos de inmuebles, para los efectos previstos en
el artículo 146 de la Ley General de Bienes Nacionales, numerales 152 y 160, fracción III, de las
Disposiciones, por lo que tomando en consideración lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el presente:
ACUERDO POR EL QUE SE FIJA EL IMPORTE MÁXIMO DE RENTAS POR ZONAS Y TIPOS DE
INMUEBLES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 146 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
ARTÍCULO 1.- Se fijan los importes máximos de rentas por zonas y tipos de inmuebles, a que se refiere el
artículo 146 de la Ley General de Bienes Nacionales y el numeral 152 de las disposiciones.
ARTÍCULO 2.- Tratándose de contratos de arrendamiento nuevos o continuación, cuyo objeto son
inmuebles sin cajones de estacionamiento, que se ubiquen en cualquier zona del territorio n acional, a que se
refieren las fracciones I y III del numeral 141 de las Disposiciones, el importe de la renta que las
dependencias, la Oficina de la Presidencia de la República y las entidades p acten en carácter de
arrendatarias, no podrá rebasar el monto de $354.00 (Trescientos cincuenta y cuatro pesos 00/10 0 M.N.) por
metro cuadrado de área rentable, antes del Impuesto al Valor Agregado.

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