Diario Oficial de la Federación de 08/11/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación08 Noviembre 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 9 Ciudad de México, miércoles 8 de noviembre de 2023
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías
Instituto Mexicano del Seguro Social
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social
para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 346
333333
2 DIARIO OFICIAL Miércoles 8 de noviembre de 2023
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Miguel Arcángel
Córdoba, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Córdoba, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.-
Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos
Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección
General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA EN TIDAD
INTERNA DE DIÓCESIS DE CÓRDOBA, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN MIGUEL ARCÁNGEL CÓRDOBA
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosa s y
Culto Público; en relación con los diversos 8º y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto
de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA SAN MIGUEL ARCÁNGEL
CÓRDOBA para constituirse en asociación religiosa; derivada de DIÓCESIS DE CÓRDOBA, A.R., solicitud
presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales
son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle 17 entre Avenida 6 y 8 Número 601, Colonia San Miguel, Córdoba, Veracruz, Código
Postal 94500.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en Calle 17 entre
Avenida 6 y 8 Número 601, Colonia San Miguel, Córdoba, Veracruz, Código Postal 94500, manifestado
unilateralmente como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto,
el siguiente: “Practicar la verdad evangélica y propagar e instruir en la doctrina de la Igl esia Católica,
Apostólica y Romana en comunión con el Papa, Pastor Supremo de la misma, con sede en Roma”.
IV.- Representante: Evodio Román Olguín.
V.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del
artículo 8º del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Órgano Interno”, integrado por las personas y cargos siguientes: Evodio Román Olguín, Párroco.
VIII.- Ministro de Culto: Evodio Román Olguín.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de
esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil veintitrés.-
El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación,
Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.
Miércoles 8 de noviembre de 2023 DIARIO OFICIAL 3
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar
propuestas o celebrar contratos con la empresa Sterigen, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.-
Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control Específico en el Instituto Mexicano del Seguro
Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PISI-A-NC-DS-0051/2022.
Circular número 00641/30.15/9573/2023
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
Empresas Productivas del Estado, así como a las Entidades Federativas, que deberán abstenerse de aceptar
propuestas o celebrar contratos con la empresa STERIGEN, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS, ENTIDADES, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
PRESENTES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución P olítica de los Estados
Unidos Mexicanos; 59, 60 fracción IV, 61 y 63 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 114 fracción IV y 115 primer párrafo de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 38, 50, 56, 60
tercer párrafo, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26, 37
fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Fe deral; 62 primer párrafo de la
Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2, 3, 6 fracción III punto B numeral 3, 38 fracción III numeral 12 y
40 del Reglamento Interior de la Secretaria de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 16 de abril de 2020, de conformidad con los artículos Décimo y Décimo Primero Transitorios del
Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4
de septiembre de 2023, y 1° del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones de carácter general para
crear, asignar, distribuir, dirigir, coordinar y extinguir los órganos internos de control en las dependencias,
incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales, por sector, materia,
especialidad, función específica o ente público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de
septiembre de 2023; y 83 párrafos Primero, Segundo, Tercero y Sexto del R eglamento Interior del Instituto
Mexicano del Seguro Social, y en cumplimiento a lo ordenado en l os Resolutivos Tercero y Quinto de la
Resolución número 00641/30.15/9563/2023 de fecha 23 de octubre de 2023, que se dictó en el expediente
número PISI-A-NC-DS-0051/2022, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción
incoado a la empresa STERIGEN, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a
partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán
abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones,
arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha persona moral,
de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 01 (UN) AÑO 6 (SEIS) MESES; en caso de que al
día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la empresa STERIGEN, S.A. DE C.V., no haya pagado l a
multa impuesta a través de la citada resolución, la inhabilitación subsistirá hasta que se realic e el pago
correspondiente de la misma.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente
se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicació n de la
presente Circular.
Las Entidades Federativas y los Municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular
cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen co n
cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Ciudad de México, a treinta de octubre de dos mil veintitrés.- El Titular del Área de Responsabilidades del
Órgano Interno de Control Específico en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Gustavo Aguirre
Lona.- Rúbrica.

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