Diario Oficial de la Federación de 05/01/2024 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación05 Enero 2024
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 5 Ciudad de México, viernes 5 de enero de 2024
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Centro Nacional de Control del Gas Natural
Organismo Coordinador de las Universidades
para el Bienestar Benito Juárez García
Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 406
2 DIARIO OFICIAL Viernes 5 de enero de 2024
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del
impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que
se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 01/2024
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos
del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción
y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que se indican,
correspondientes al periodo que se especifica.
ADÁN ENRIQUE GARCÍA RAMOS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre
Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo di spuesto por el artículo
Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre
producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Ofici al de la
Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, y el artículo Primero del Dec reto por
el que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2022, se dan a conocer los porce ntajes, los montos del
estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las
cantidades por litro aplicables a los combustibles automotrices, respectivamente, correspondientes al periodo
comprendido del 06 al 12 de enero de 2024, mediante el siguiente
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 06 al 12 de enero
de 2024, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 0.00%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles
no fósiles 0.00%
Diésel 0.00%
Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 06 al 12 de enero de
2024, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles
no fósiles $0.0000
Diésel $0.0000
Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 06 al 12 de enero de 2024, aplicab les a los
combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $6.1752
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles
no fósiles $5.2146
Diésel $6.7865
Viernes 5 de enero de 2024 DIARIO OFICIAL 3
Artículo Cuarto. Las cantidades por litro de estímulos complementarios aplicables a los combustibles
automotrices durante el periodo comprendido del 06 al 12 de enero de 2024, son las siguientes:
Combustible Cantidad por litro
(pesos)
Gasolina menor a 91 octanos $0.0000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles
no fósiles $0.0000
Diésel $0.0000
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial
de la Federación.
Ciudad de México, a 4 de enero de 2024.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo, del
Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y
servicios aplicables a los combustibles que se indican, y el artículo Primero, último párrafo, del Decreto por el
que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices, en suplencia
del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No
Tributarios y Sobre Hidrocarburos, Adán Enrique García Ramos.- Rúbrica.
ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas
en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 02/2024
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos
fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los
Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
ADÁN ENRIQUE GARCÍA RAMOS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre
Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto
especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, pub licado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los
montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20
kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hast a 45 kilómetros a la
línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el
siguiente
ACUERDO
Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja
fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45
kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos
Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial
sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del
06 al 12 de enero de 2024.

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