Diario Oficial de la Federación de 01/07/2015 (Contenido completo)

Fecha de disposición01 Julio 2015
Fecha de publicación01 Julio 2015
Tomo DCCLXII No. 1 México, D.F., miércoles 1 de julio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales
Avisos
Indice en página 110
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 1 de julio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa en 6 municipios del Estado de Zacatecas,
e inundación fluvial y pluvial en 6 municipios de dicha entidad federativa, ocurridas los días 19 y 20 de junio
de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número DEPC/1341/2015, recibido con fecha 22 de junio de 2015 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario General de Gobierno del Estado de Zacatecas, Lic. Jaime
Santoyo Castro, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Calera, General Enrique Estrada, Fresnillo, Genaro
Codina, Guadalupe, Jerez, Ojocaliente, Pánuco, Vetagrande, Villa de Cos, Villanueva y Zacatecas de dic ha
Entidad Federativa, por la presencia de lluvia severa, inundación fluvial y pluvial ocurrida el 19 y 2 0 de junio de
2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/804/2015, de fecha 20 de junio de 2015, la CNPC solicitó
a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Zacatecas solicitados en el oficio
DEPC/1341/2015 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-401 de fecha 23 de junio de 2015, la CONAGUA emitió el dictamen técnico
corroborando el fenómeno de lluvia severa para los municipios de Calera, General Enrique Estrada,
Vetagrande, Villa de Cos, Villanueva y Zacatecas del Estado de Zacatecas, e inundació n fluvial y pluvial para
los municipios de Fresnillo, Genaro Codina, Guadalupe, Jerez, Ojocaliente, Pánuco de dich a Entidad
Federativa, ocurridas los días 19 y 20 de junio de 2015
Que el día 23 de junio de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 384/15, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Calera, General
Enrique Estrada, Vetagrande, Villa de Cos, Villanueva y Zacatecas del Estado de Zacatecas por la presencia
de lluvia severa, y a los municipios de Fresnillo, Genaro Codina, Guadalupe, Jerez, Ojocaliente y Pá nuco de
dicha Entidad Federativa por inundación fluvial y pluvial, ocurridas los días 19 y 20 de junio de 2015, con lo
que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa
Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, d e abrigo y de
salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA EN 6 MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE ZACATECAS, E INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL EN 6 MUNICIPIOS DE DICHA
ENTIDAD FEDERATIVA, OCURRIDAS LOS DÍAS 19 Y 20 DE JUNIO DE 2015
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Calera, General Enrique Estrada, Vetagran de,
Villa de Cos, Villanueva y Zacatecas del Estado de Zacatecas por la presencia de lluvia severa, y a los
municipios de Fresnillo, Genaro Codina, Guadalupe, Jerez, Ojocaliente y Pánuco de dicha Entidad Federativa
por inundación fluvial y pluvial, ocurridas los días 19 y 20 de junio de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Zacatecas pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veintitrés de junio de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 1 de julio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días del mes de julio de 2015, que serán
considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados ante las
Unidades Administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medi o
Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo
Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el segundo párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, estab lece que
no se considerarán hábiles los días que las autoridades suspendan labores y que lo hagan del conocimiento
del público en general mediante acuerdo del Titular de la Dependencia respectiva, publicado en el Diario
Oficial de la Federación;
Que debido al cambio de domicilio oficial de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las
Direcciones Generales de Impacto Ambiental y de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas,
requieren de un periodo de tiempo especial para la organización del gran número de expedientes que
manejen, así como para acondicionar la infraestructura necesaria para el ejercicio de sus atribuciones en los
términos y plazos que establecen las disposiciones jurídicas aplicables a los actos y procedimientos a su
cargo, y
Que por lo anterior es necesario considerar como inhábiles los días que se requiere para concluir la
reubicación de las mencionadas Unidades Administrativas, razón por la que he tenido a bien expedir
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS
DEL MES DE JULIO DE 2015, QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES
PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
SUBSTANCIADOS ANTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES QUE SE INDICAN
Artículo Primero. Para efectos de los actos y procedimientos que en ejercicio de sus atribuciones realizan
la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental y la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y
Actividades Riesgosas, se consideran como inhábiles los siguientes días 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16,
17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 del mes de julio de 2015.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que tienen las Unidades Administrativas señaladas en el párrafo
anterior para habilitar los días y horas que se requiera para el cumplimiento de sus atribuciones en casos
urgentes.
Artículo Segundo. Durante los días a que se refiere el artículo anterior no se computarán los plazos y
términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se sustancien ante las Dir ecciones
Generales de Impacto y Riesgo Ambiental y de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, ni
operarán sus Espacios de Contacto Ciudadano, excepto en el caso previsto en el artículo siguiente.
Artículo Tercero. La suspensión prevista en el artículo primero del presente Acuerdo no aplicará para los
trámites que los interesados realicen a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, así como para
los trámites SEMARNAT-07-015 Autorización para la importación de plaguicidas, nutrientes vegetales,
sustancias y materiales tóxicos o peligrosos y SEMARNAT-07-016 Autorización para exportación de
materiales peligrosos que se presenten impresos en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección
General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas.
Artículo Cuarto. Salvo en el caso previsto en el artículo anterior, los Espacios de Contacto Ciudadano de
la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental y la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y
Actividades Riesgosas operarán a partir del 3 de agosto de 2015 en Av enida Progreso No. 3, Edificio de
Espacio de Contacto Ciudadano, Planta Alta, Colonia del Carmen, Delegación Coyoacán, C.P. 04110, México,
Distrito Federal, con número telefónico 01 (55) 54-90-09-00 extensión 20875.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil quince.-
El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.

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