Diario Oficial de la Federación de 28/08/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXIX No. 20 México, D.F., miércoles 28 de agosto de 2013
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de la Función Pública
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Tribunal Superior Agrario
Avisos
Indice en página 111
$32.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 28 de agosto de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de tornado ocurrido el 26 de julio de 2013, en el Municipio
de Ojinaga del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 31 de julio de 2013 se emitió el Boletín de Prensa número 206/13, mediante el cual se dio a
conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergenc ia al municipio de
Ojinaga del Estado de Chihuahua, por la presencia de tornado ocurrido el día 26 de julio de 2013, misma que
Que mediante oficio número DGPC/359/2013, de fecha 20 de agosto de 2013, la Dirección General de
Protección Civil comunica que recibió el dictamen de la Dirección de Administración de Emergencias de esa
Unidad Administrativa, en el cual se indica que las causas de la Declaratoria ya no persisten; por lo que con
base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la propia DGPC se pued e finalizar la
vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la
cual fue emitida.
Que el día 20 de agosto de 2013, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 220/13, a través del cual
dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia que emitió el 31 de julio de 2013 con el
Boletín de Prensa 206/13, para el municipio de Ojinaga del Estado de Chihuahua, por la presencia de tornado
ocurrido el 26 de julio de 2013.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE TORNADO OCURRIDO
EL 26 DE JULIO DE 2013, EN EL MUNICIPIO DE OJINAGA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Ojinaga del Estado de Chihuahua, por la presencia de tornado
ocurrido el 26 de julio de 2013.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de
los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veinte de agosto de dos mil trece.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 28 de agosto de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 25 y 27 de julio de 2013,
en el Municipio de Juárez del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 31 de julio de 2013 se emitió el Boletín de Prensa número 207/13, mediante el cual se dio a
conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergenc ia al municipio de
Juárez del Estado de Chihuahua, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 25 y 27 de julio de 2013,
misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de agosto de 2013.
Que mediante oficio número DGPC/358/2013, de fecha 20 de agosto de 2013, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que recibió el dictamen de la Dirección de Administración de Emergencias
de esa Unidad Administrativa, en el cual se indica que las causas de la Declar atoria ya no persisten; por lo
que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la propia DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha des aparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el día 20 de agosto de 2013, la CNPC emitió el Boletín de Prensa 221/13, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia que emitió el 31 de julio de 2013 con el Boletín
de Prensa 207/13 para el municipio de Juárez del Estado de Chihuahua, por la presencia d e lluvia severa
ocurrida los días 25 y 27 de julio de 2013.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
OCURRIDA LOS DÍAS 25 Y 27 DE JULIO DE 2013, EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ
DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el municipio de Juárez del Estado de Chihuahua, por la presencia de lluvia
severa ocurrida los días 25 y 27 de julio de 2013.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los
LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veinte de agosto de dos mil trece.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR