Diario Oficial de la Federacion de 01/08/2014 (Contenido completo)

EdiciónVespertina
Tomo DCCXXXI No. 1 México, D.F., viernes 1 de agosto de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de la Función Pública
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Tribunal Superior Agrario
Avisos
Indice en página 110
$16.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 1 de agosto de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de vientos fuertes ocurridos los días 20 y 21 de julio de 2014,
en 3 municipios del Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio SPC/TEI/141/14, recibido con fecha 23 de julio de 2014 en la Coor dinación Nacional
de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del estado de Guerrero, Lic. Ángel H. Aguirre Rivero, solicitó a la
Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para
los municipios de Técpan de Galeana, Petatlán y Zihuatanejo de Azueta de dicha entidad federativa, por la
presencia de vientos fuertes, atípicos pronosticados a 24 hrs., los días 20 y 21 de julio de 2014; ello, con el
propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/0857/2014, de fecha 23 de julio de 2014, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del estado de Guerrero
solicitados en el oficio SPC/TEI/141/14 referido con anterioridad.
Que con oficio B00.05.05.-0546, de fecha 24 de julio de 2014, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio CNPC/0857/2014, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de
vientos fuertes, ocurridos los días 20 y 21 de julio de 2014, para los municipios de Técpan de Galeana, Petatlán
y Zihuatanejo de Azueta del estado de Guerrero.
Que el día 24 de julio de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 378, mediante el cual se dio a conocer
que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Técpan de Galeana,
Petatlán y Zihu atanejo de Azuet a del estado de Guerrero, por la presencia de vientos fuertes ocurridos los días
20 y 21 de julio de 2014, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias
FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades
alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE VIENTOS FUERTES OCURRIDOS LOS DÍAS
20 Y 21 DE JULIO DE 2014, EN 3 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Técpan de Galeana, Petatlán y Zihuatanejo
de Azueta del estado de Guerrero, por la presencia de vientos fuertes ocurridos los días 20 y 21 de julio de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el estado de Guerrero pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de julio de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Viernes 1 de agosto de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial, ocurrida del 6
al 8 de julio de 2014, en 4 municipios del Estado de Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 14 de julio de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 361/14, mediante el cual se dio a
conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergenc ia a los municipios de
Guasave, Angostura, Mocorito y Culiacán del estado de Sinaloa, por la presencia de lluvia severa e
inundación pluvial y fluvial, ocurrida del 6 al 8 de julio de 2014, misma que fue publicada en el Diario Oficial de
la Federación el día 22 de julio de 2014.
Que mediante oficio número DGPC/594/2014, de fecha 24 de julio de 2014, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la propia DGPC se
puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el día 24 de julio de 2014, la CNPC emitió el Boletín de Prensa 377/14, a través del cual dio a conocer
el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia emitida el 14 de julio de 2014 con el diverso Boletín de
Prensa 361/14 para los municipios de Guasave, Angostura, Mocorito y Culiacán del estado de Sinaloa, por la
presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial, ocurrida del 6 al 8 de julio de 2014.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
E INUNDACIÓN PLUVIAL Y FLUVIAL, OCURRIDA DEL 6 AL 8 DE JULIO DE 2014,
EN 4 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Guasave, Angostura, Mocorito y Culiacán del estado de
Sinaloa, por la presencia de lluvia severa e inundación pluvial y fluvial, ocurrida del 6 al 8 de julio de 2014.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los
LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de julio de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
OFICIO número PF/OCG/1162/2014 mediante el cual se delega la representación jurídica de la Policía Federal a la
Inspector Ana del Carmen Valdivia Medina, auxiliar de la Unidad Jurídica Estatal de la Policía Federal en
Aguascalientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Comisionado Nacional de Seguridad.- Policía Federal.- Oficina del Comisionado General.-
Oficio PF/OCG/1162/2014.
INSPECTOR
ANA DEL CARMEN VALDIVIA MEDINA
Presente
Con fundamento en los artículos 1, 6, 8, 10 fracciones I, IV, VI y IX, de la Ley de la Policía Federal; 5,
fracción VII, inciso 1), 6, fracciones XIII y XXXIII, y 43, fracciones II y IV, de su Reglamento, así como con el
Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el artículo 123, apartado B, fracción XIII,
primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 123, 124 y Tercero Tran sitorio,
Segundo Párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; con esta fecha se le Delega la
representación de la Policía Federal, en el Juicio Agrario, radicado en el Tribunal Unitario Agrario, Distrito 1,
sede alterna Aguascalientes, promovido por David Hernández Vallin, José Ángel Velasco Robles y José
de Jesús Maldonado Hernández, en contra del Instituto de Educación de Aguascalientes, Instituto Estatal de
Seguridad Pública de Aguascalientes, Destacamento de la Policía Federal y Casa del Maestro J ubilado, bajo
el número de expediente 331/2013.
No omito manifestarle que en el desempeño de sus funciones, deberá sujetarse invariablemente a los
principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, que debe caracterizar a los miembros de la
Institución.
Atentamente
México, D.F., a 15 de julio de 2014.- El Comisionado General, Enrique Francisco Galindo Ceballos.-
Rúbrica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR