Acuerdo por el que se fija como lugar destinado al tránsito internacional de personas, el cruce vehicular Chactemal

Fecha de disposición29 Noviembre 2012
Fecha de publicación29 Noviembre 2012
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

ALEJANDRO ALFONSO POIRE ROMERO, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 17 y 27 fracciones IV y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3 fracciones XXII y XV, 4, 18 fracción VI, 31 y 33 de la Ley de Migración; 1, 2 y 35 del Reglamento de la Ley de Migración; así como 1 y 5 fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que en el eje 1 denominado "Estado de Derecho y Seguridad" del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, numeral 1.9, objetivo 14, estrategia 14.2, se prevé como estrategia de seguridad fronteriza, salvaguardar la seguridad en las fronteras, así como la integridad y el respeto a los derechos humanos tanto de los habitantes de estas zonas, como de los migrantes, y el trabajo conjunto con los países vecinos, para afinar mecanismos de intercambio de información que permitan controlar adecuadamente el tránsito de personas entre un país y otro, para proteger los derechos de los migrantes y, al mismo tiempo, para cerrar el paso a la delincuencia y el terrorismo internacionales.

Que en el marco de la visita oficial a México del primer ministro de Belice, Dean Barrow en 2010 y de la Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica en 2011, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, instruyó a las dependencias mexicanas hacer los trabajos...

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