Despido justificado tras pandemia por SARS CoV2 (COVID-19) y afectación económica micro empresarial en México

AutorOdette Mendoza Becerril
CargoLicenciada en Derecho, por la UAM-A
Páginas40-48
40
Alegatos Coyuntural, núm. 17/18, enero-junio/julio-diciembre 2021
Despido justificado tras pandemia por SARS
CoV2 (COVID-19) y afectación económica micro-
empresarial en México
Odette Mendoza Becerril*
Introducción
l Consejo de Salubridad General, el pasado 30 de marzo
de 2020, emitió un decreto por la autoridad que posee
enumerada en la fracción XI 1ª del Artículo 73 de la Constitu-
ción Federal. Dicho decreto se publicó en el Diario Oficial de
la Federación con el título “ACUERDO por el que se declara
como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la
epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2
(COVID-19)”, en el que de manera general y ambigua en su
numeral segundo declara: “La Secretaría de Salud determina-
rá todas las acciones que resulten necesarias para atender
la emergencia prevista en el numeral anterior”.1
* Licenciada en Derecho, por la UAM-A.
1 PODER EJECUTIVO CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL ACUERDO
por el que se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la
epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos.- Consejo de Salubridad General. El Consejo de Salubridad General,
con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases
1a. y 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o.,
fracción XV, 4o., fracción II, 17, fracción IX, 134, fracción II y XIV, 140 y 141
E

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