Acuerdo Mediante el Cual Se Autoriza la Desincorporación del Patrimonio Municipal del Inmueble Ubicado en Los Terrenos de La Feria de La Ciudad de Tecomán, a Fin de Regularizar la Tenencia de La Tierra a Favor de La Asociación Ganadera Local

Fecha de disposición02 Marzo 2002
Fecha de publicación02 Marzo 2002
SecciónSección General
Número de Gaceta10

H.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMÁN, COL.

ACUERDOMEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA DESINCORPORACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL INMUEBLE UBICADO EN LOS TERRENOS DE LA FERIA DE LA CIUDAD DE TECOMÁN, A FIN DE REGULARIZAR LA TENENCIA DE LA TIERRA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN GANADERA LOCAL DE TECOMÁN.

ING. OSCAR ARMANDO AVALOS VERDUGO, Presidente Municipal de Tecomán, Colima, a los habitantes del mismo, hace saber:

Que el H. Cabildo Constitucional de Tecomán, se ha servido dirigirme el siguiente En el desahogo del SEXTO punto de orden del día, hizo uso de la voz el Regidor Eduardo Gutiérrez Navarrete, quien informó que la sesión de Cabildo de fecha 4 de julio de 1998, correspondiente a la administración anterior, en la que se acordó que la superficie destinada a la Asociación Ganadera Local de Tecomán, A.C., se donará a la construcción del Centro de Integración Juvenil, por lo que en su carácter de integrante de la Comisión de Bienes Municipales y Panteones dio lectura al dictamen emitido, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE BIENES MUNICIPALES Y PANTEONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMÁN, RESPECTO A LA DONACIÓN DE UNA SUPERFICIE DE 2,200 METROS CUADRADOS A LA ASOCIACIÓN GANADERA LOCAL DE TECOMÁN, A.C., EN LOS TERRENOS DE LA FERIA.

H. CABILDO MUNICIPALPRESENTE.

La Comisión de Bienes Municipales y Panteones, integrada por los CC. Regidores: RAFAEL MENDOZA TAFOYA, ALEJANDRO ALBERTO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ E ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE el primero de los mencionados con el carácter de Presidente y los demás con el de secretario de la Comisión, con fundamento en las Facultades que nos otorga el artículo 42 de la Ley del Municipio Libre y 87 inciso E) del Reglamento que rige el funcionamiento de las sesiones y comisiones del H. Ayuntamiento de Tecomán, Col., y C O N S I D E R A N D O :

  1. Que de conformidad con el artículo 42 de la Ley del municipio libre, esta Comisión es competente para estudiar, examinar y dictaminar los asuntos relacionados con los bienes que integran el patrimonio municipal del H. Ayuntamiento de Tecomán, Col., y someter al pleno del Cabildo el dictamen correspondiente, para que este apruebe o niegue las mismas, de conformidad con las facultades que le otorga el artículo 45 fracción segunda inciso b) de la ley del municipio libre.

  2. Que mediante escrito fechado el día 12 de febrero de 2002, el Secretario del H. Ayuntamiento turnó al...

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