Resolución por la que se desecha la solicitud de parte interesada en el procedimiento administrativo de cobertura de producto relativo a la resolución definitiva que impuso cuota compensatoria a las importaciones de prendas de vestir, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias de las partidas 6101 a la 6117, 6201 a la 62...

Fecha de disposición23 Agosto 2002
Fecha de publicación23 Agosto 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se desecha la solicitud de parte interesada en el procedimiento administrativo de cobertura de producto relativo a la resolución definitiva que impuso cuota compensatoria a las importaciones de prendas de vestir, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias de las partidas 6101 a la 6117, 6201 a la 6217 y de la 6301 a la 6310 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DESECHA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE COBERTURA DE PRODUCTO RELATIVO A LA RESOLUCION DEFINITIVA QUE IMPUSO CUOTA COMPENSATORIA A LAS IMPORTACIONES DE PRENDAS DE VESTIR, MERCANCIAS ACTUALMENTE CLASIFICADAS EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS DE LAS PARTIDAS 6101 A LA 6117, 6201 A LA 6217 Y DE LA 6301 A LA 6310 DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa procesal que nos ocupa el expediente administrativo C.P. 02/02, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, se emite la presente Resolución teniendo en cuenta los siguientes

RESULTANDOS

Resolución definitiva

  1. El 18 de octubre de 1994, la ahora Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución definitiva del procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de prendas de vestir, mediante la cual se impusieron cuotas compensatorias definitivas de 533 y 379 por ciento a las importaciones de prendas de vestir clasificadas en diversas fracciones arancelarias de las partidas 6101 a la 6117, 6201 a la 6217 y de la 6301 a la 6310 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

    Presentación de la solicitud

  2. El 22 de enero de 2002, Zara México, S.A. de C.V., en lo sucesivo Zara México, solicitó a la Secretaría con fundamento en los artículos 60 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, 91 y 92 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior en lo sucesivo RLCE, se resuelva si las importaciones de diversas prendas de vestir, originarias de la República Popular China, están sujetas al pago de las cuotas compensatorias a que se refiere el punto anterior, por no existir producción nacional de mercancías similares.

    Información sobre el producto

    Descripción

  3. Prendas de vestir de diversos materiales textiles, tales como lino, algodón, seda, fibras sintéticas y artificiales, que pueden agruparse de manera genérica en las siguientes categorías: pantalones no de punto, camisas y blusas no de punto, otras prendas no de punto, camisas y blusas de punto, playeras de punto, suéteres, otras prendas de punto, abrigos y chamarras, vestidos, faldas, pijamas y ropa interior, ropa para bebé y otras prendas de vestir.

    Régimen arancelario

  4. Conforme a la nomenclatura arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, las prendas de vestir objeto de este procedimiento se clasifican en diversas fracciones arancelarias de las partidas 6101 a la 6117, 6201 a la 6217 y de la 6301 a la 6310.

    Investigación relacionada

  5. A partir de la imposición de las cuotas compensatorias definitivas de 533 y 379 por ciento a que se refiere el punto 1 de esta Resolución, la Secretaría llevó a cabo el procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de prendas de vestir y otras confecciones textiles.

  6. El 15 de diciembre de 2000, se publicó en el...

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