Lineamientos Generales para la Clasificacion y Desclasificacion de la Informacion en Posesion de los Sujetos Obligados de la Ley de Acceso a la Informacion Publica para el Estado y los Municipios de Yucatan.

MERIDA, YUC., LUNES 14 DE ABRIL DE 2008. DIARIO OFICIAL PAGINA 67
EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA, EN SESIÓN DE CONSEJO DE FECHA
VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL OCHO APROBÓ LOS SIGUIENTES
LINEAMIENTOS:
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA CLASIFICACION Y DESCLAS
IFICACION DE LA INFORMACION EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS
OBLIGADOS DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA
EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE YUCATÁN
Capítulo I
Disposiciones Generales
Primero.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los criterios
con base en los cuales los titulares de las Unidades de Acceso a la Información,
clasificarán como reservada o confidencial la información que posean, la
desclasificarán y generarán, en su caso, versiones públicas de expedientes o
documentos que contengan partes o secciones reservadas o confidenciales, para
mejor aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los
Municipios de Yucatán.
Segundo.- Para los efectos de los presentes Lineamientos entenderá por:
1. Ley: Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios
de Yucatán.
2. Clasificación: El acto mediante el cual, se determina que información de la
que tiene en su poder el sujeto obligado, encuadra en los supuestos de reserva
o confidencialidad y por lo tanto, no podrá ser proporcionada.

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