Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, mediante el cual se desahoga la petición formulada por el Instituto Electoral del Distrito Federal mediante oficio SECG-IEDF/2757/11, por el que solicita la asignación de tiempo en radio y televisión en diversas entidades federativas para el cumplimiento de sus fines

Fecha de disposición28 Noviembre 2011
Fecha de publicación28 Noviembre 2011
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG357/2011. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE DESAHOGA LA PETICION FORMULADA POR EL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL MEDIANTE OFICIO SECG-IEDF/2757/11, POR EL QUE SOLICITA LA ASIGNACION DE TIEMPO EN RADIO Y TELEVISION EN DIVERSAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES.

ANTECEDENTES

  1. En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral, celebrada el trece de diciembre de dos mil diez, se aprobó el Acuerdo [...] por el que se da respuesta a la solicitud formulada por los consejeros presidentes de los organismos electorales de las entidades federativas del país en relación con la asignación de tiempos en radio y televisión, identificado con la clave CG430/2010.

  2. Con fecha nueve de septiembre de dos mil once, se presentó ante la Presidencia del Consejo General del Instituto Federal Electoral, el oficio SECG-IEDF/2757/11, signado por el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que solicitó, en lo que interesa lo siguiente:

    Distinguido Consejero Presidente:

    Me refiero a la distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión para fines institucionales, administrados por esa autoridad electoral federal.

    Al respecto, como es de su conocimiento, esta autoridad electoral local, por disposición del artículo 57, párrafos primero y segundo del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, durante los procesos electorales en que tenga verificativo la elección de Jefe de Gobierno, lo cual está previsto para el año 2012, deberá conformar un Comité encargado de coordinar, entre otras actividades, la de promover y difundir el derecho al voto de los ciudadanos del Distrito Federal residentes en el extranjero, únicamente para este tipo de elección. Por lo que ante esta situación inédita, es de gran relevancia contar con tiempos en radio y televisión suficientes para difundir de manera masiva el derecho al voto de los mexicanos, con domicilio en el Distrito Federal residentes en el extranjero, para elegir en el próximo proceso electoral del año 2010, al Jefe de Gobierno de esta entidad federativa.

    Para lograr convocar con éxito al voto a dichos ciudadanos, se requiere que con oportunidad conozcan ese nuevo derecho y las modalidades que tendrán para ejercerlo.

    En relación con lo anterior, cabe señalar que derivado de las estadísticas que arrojan los estudios realizados por instituciones oficiales tales como el Instituto Federal Electoral, Instituto de los Mexicanos en el Exterior, Consejo Nacional de Población y Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las comunidades, se concluyó que en seis ciudades de los Estados Unidos de América, se concentra la mayor cantidad de ciudadanos del Distrito Federal, es por ello que tomando en consideración las limitaciones con que se cuenta para poder difundir de manera amplia en el extranjero el derecho y las modalidades antes aludidas, por instrucciones del Consejero Presidente del Instituto Electoral del Distrito Federal solicito su amable apoyo en los siguientes aspectos:

    Que de los tiempos en radio y televisión que administra el Instituto Federal Electoral para sus propios fines institucionales en la zona fronteriza del país (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, entidades que durante el periodo que se solicita, no celebrarán procesos electorales), y en la que las señales de radio y televisión con origen en esa zona fronteriza impactan en su mayoría a algunas ciudades de los Estados Unidos, pudieran destinarse 2 minutos diarios a partir de la primera semana de octubre y hasta el día de las jornada electoral en el año 2012, para la transmisión de los promocionales producidos por el Instituto Electoral del Distrito Federal en relación con la promoción y difusión del derecho de los capitalinos a ejercer

    su voto desde el extranjero, para la elección de Jefe de Gobierno, en el año 2012.

    Cabe señalar, que la presente solicitud tiene como fundamento el artículo 73 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual a la letra dispone:

    Conforme a la Base III del artículo 41 de la Constitución, cuando a juicio del Instituto el tiempo total en radio y televisión de que dispone fuese insuficiente para sus propios fines o los de otras autoridades electorales, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante'.

  3. En sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el catorce de septiembre de dos mil once, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se asignan tiempos en Radio y Televisión a diversas Autoridades Electorales durante el periodo comprendido de octubre a diciembre de dos mil once, identificado con la clave CG288/2011.

    CONSIDERANDO

    1. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 41, Base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 49, numeral 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 7, numeral 1 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, el Instituto Federal Electoral es la autoridad única para la administración del tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión destinado a sus propios objetivos, a los de otras autoridades electorales, federales o locales, y al ejercicio de los derechos que corresponden a los partidos políticos en la materia.

    2. Que los artículos 51, numeral 1, incisos a) al f) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 4, numerales 1 y 2, incisos a) al f) del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, disponen que el Instituto Federal Electoral ejercerá sus facultades en materia de radio y televisión, por medio de los siguientes órganos: (1) el Consejo General; (2) la Junta General Ejecutiva; (3) la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos; (4) el Comité de Radio y Televisión; (5) la Comisión de Quejas y Denuncias; y (6) los Vocales Ejecutivos y Juntas Ejecutivas en los órganos...

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