Decreto por el que se derogan los artículos 1o. y 31 de la Ley sobre Delitos de Imprenta

Fecha de disposición11 Enero 2012
Fecha de publicación11 Enero 2012
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 1o. Y 31 DE LA LEY SOBRE DELITOS DE IMPRENTA.

ARTÍCULO ÚNICO.-

Se derogan los artículos 1o. y 31 de la Ley sobre Delitos de Imprenta, para quedar como sigue:

Artículo 1o.-

(Se deroga).

Artículo 31.-

(Se deroga).

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 29 de noviembre de 2011.- Dip. Emilio Chuayffet Chemor, Presidente.- Sen. José González Morfín, Presidente.- Dip. Herón Escobar García, Secretario.- Sen. Arturo Herviz Reyes, Secretario.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a seis de enero de dos mil doce.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El...

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