Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-168

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Jurisprudencias de Sala Superior
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-168
LEY FEDERAL DE LOS
DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE
IMPORTACIONES TEMPORALES. NO ES POSIBLE RE-
GULARIZAR LA ESTANCIA ILEGAL DE LAS MERCAN-
CÍAS EN EL PAÍS, UNA VEZ INICIADAS LAS FACULTA-
DES DE COMPROBACIÓN DE LA AUTORIDAD, PERO
SE PUEDE REGULARIZAR SU SITUACIÓN FISCAL
MEDIANTE EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES GE-
NERADAS POR ESE MOTIVO, HASTA ANTES DE LA
EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN LIQUIDATORIA.- En los
artículos 2o., fracción XIII, 14 y 15 de la Ley Federal de los
Derechos del Contribuyente se establece el derecho de los
contribuyentes de corregir su situación scal una vez ejercidas
las facultades de comprobación por las autoridades fi scales,
mientras que las reglas 1.5.2 y 2.5.2 de las Reglas de Carác-
ter General en Materia de Comercio Exterior, vigentes para
2008 y 2011, respectivamente, permiten a los particulares
optar por regularizar la situación legal de las mercancías im-
portadas temporalmente, no retornadas al extranjero dentro
de los plazos previstos, hasta antes de que las autoridades
scales inicien las facultades de comprobación en relación
con dichas mercancías. Si bien a través de ambas disposi-
ciones se autoriza corregir una situación irregular, lo cierto
es que las dos establecen hipótesis diversas, pues regulan
el derecho a corregir la situación scal y aduanera de los
contribuyentes e importadores, respectivamente. De tal forma
que, el importador no podrá regularizar la mercancía por la
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Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
omisión en su retorno al extranjero dentro de los plazos le-
gales establecidos para ello, una vez iniciadas las facultades
de comprobación de la autoridad, pero sí tendrá derecho a
regularizar su situación scal, aun iniciadas dichas facultades
de comprobación, con el pago de las contribuciones que se
generaron con motivo de esa omisión.
Contradicción de Sentencias Núm. 1102/13-10-01-2/429/13-
QSA-6/YOTRO/341/14-PL-07-01.- Resuelta por el Pleno de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Ad-
ministrativa, en sesión de 18 de junio de 2014, por mayoría
de 9 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente:
Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. José de
Jesús González López.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/74/2014)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
QUINTO.- CRITERIO QUE CON EL CARÁCTER DE
JURISPRUDENCIA DEBE PREVALECER.
Acreditada la existencia del criterio contradictorio en
las sentencias pronunciadas por la Sala Regional Peninsular
y la Quinta Sala Auxiliar, este Pleno Jurisdiccional del Tri-
bunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa considera
que, independientemente de las posturas adoptadas por

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