Derecho del trabajo y seguridad social. 30 de octubre de 2013

AutorGuillermo Mojarro Serrano
Páginas27-28
La Barra Enero-Febrero 2014
52 Boletines Comisiones La Barra 53
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DERECHO DEL TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
Por: Guillermo Mojarro Serrano
FECHA DE SESIÓN: 30 de octubre de 2013.
ORADORES INVITADOS: Dr. Ricardo Martínez Rojas, Lic.
Alejandro Roel Calvillo y Lic. Gilberto Chávez Orozco.
TEMA: “Criterios adoptados en la Conferencia Nacional
de Juntas de Conciliación y Arbitraje (CONAJUNTA)”.
SEGUIMIENTO:
La sesión fue presidida por el Lic. Jorge E.
Cervantes Martínez, Subcoordinador de
Trabajo de la Comisión, quien dio la
bienvenida a los barristas asistentes
y a nuestros invitados expositores.
El Dr. Ricardo Martínez Rojas
comentó sobre la “Subcontratación”
(Outsourcing), reriendo que el nuevo
Artículo 15 “A” de la Ley Federal de
Trabajo ha causado bastante confusión.
En la Conferencia se propuso formular un criterio general en
torno a la Subcontratación, evitando que se emitan criterios
contrarios en las diferentes juntas.
Apuntó que es necesario hacer un profundo análisis jurídico
sobre la subcontratación, que resulta una formula compleja,
donde un contratista con sus trabajadores, subcontrata
con otros para hacer los trabajos. La cuestión
es si el contratante debe dirigir o supervisar
los trabajos, entonces quién sería el
patrón y cuál sería el alcance de su
responsabilidad laboral.
Respecto de las tres premisas o
condiciones para llevar a cabo la
Subcontratación existe la duda si
deberían cumplirse las tres o sólo una
de ellas para liberarnos de ser patrones.
Al parecer, las autoridades se inclinan por el
criterio de que deben cumplirse los tres requisitos para no
ser considerado patrón, es decir, que la subcontratación no
abarque todos los trabajos, que no exista la especialidad y
que no se realicen actividades iguales.
han emitido 181 denegaciones provisionales (clasicación,
anterioridades, impedimentos legales).
Por otra parte, el Lic. Eliseo Montiel comenta que esperan
que las búsquedas de diseños también se puedan realizar en
línea, a través de la base de datos del IMPI (MARCANET)
y que están trabajando en ello.
Finaliza la sesión agradeciendo la participación del Lic.
Eliseo Montiel Cuevas, invitando a todos los concurrentes
a participar en próximas sesiones.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Por: Daniel Sánchez y Béjar
FECHA DE SESIÓN: 21 de enero de 2014.
ORADOR INVITADO: Dr. Mauricio Jalife Daher.
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “Ley sobre Indicaciones
Geográcas y Denominaciones de Origen”.
SEGUIMIENTO:
Inicia formalmente la sesión con la lectura y discusión de
las Tesis relevantes en materia de Propiedad Intelectual,
publicadas en el Semanario Judicial del mes de diciembre
de 2013.
Una vez concluida la discusión de la Tesis, se presenta al
expositor, el Dr. Mauricio Jalife Daher, dando lectura a una
breve semblanza de su trayectoria académica y profesional
y cediéndole la palabra.
En uso de la palabra, el Dr. Jalife señaló que el objetivo de
la sesión era dar a conocer los puntos centrales del proyecto
de ley sobre Indicaciones Geográcas y Denominaciones de
Origen, destacando la exposición de motivos de dicha ley,
los puntos centrales y estructura de la misma y, nalmente
los comentarios sobre dicho proyecto.
La exposición de motivos de la Ley sobre Indicaciones
Geográficas y Denominaciones de Origen (LSIGDO),
trata diversos objetivos con los cuales se busca mejorar
el sistema actual en la materia, entre ellos, el Dr. Jalife
destacó la necesidad de dotar de protección a los
productos étnicos, replicar el éxito del Tequila
como denominación de origen en otros
productos, promover el desarrollo
regional y nacional, dar valor agregado
productos típicos, mejorar el esquema
de protección de denominaciones de
origen actual pues es insuciente e
imperfecto, así como cumplir con
las disposiciones de ADPIC, en las
cuales se obliga al reconocimiento de
las indicaciones geográcas.
Respecto a los puntos más relevantes tratados en el proyecto
de ley en cita, el exposito r señaló que se busca sujetar a
la ley a todos los participantes de la cadena productiva,
dotar de facultades a SAGARPA para emitir constancias de
autorización de predios destinados a la producción de materias
primas para las indicaciones geográcas y denominaciones
de origen, y regular las cuotas de producción.
Asimismo, asigna al Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial la administración de
la LSIGDO, equipara la protección de
las indicaciones geográficas a la ya
existente para las denominaciones de
origen, manteniendo la titularidad del
Estado y permitiendo que los consejos
reguladores sean administradores de
las mismas.
En cuanto a las autorizaciones de uso, la
ley contempla que dichas autorizaciones se
otorguen a quienes elaboren el producto nal que
ostenta la denominación de origen o indicación geográca.
Las indicaciones geográcas extranjeras, según lo establecido
en el proyecto de ley, obliga a someterlas al mismo
procedimiento y requisitos que se exigen en el caso de las
de origen nacional.
El expositor destacó que en el proyecto de ley en referencia,
se contemplan las marcas de certificación las cuales
vinculan la evaluación del control de la conformidad
con el otorgamiento de derechos marcarios a usuarios de
indicaciones geográcas, dando a los Consejos Reguladores
la titula ridad y adminis tración de dich as m arcas, con
facultades para conceder licencias a sus usuarios. La
protección de dichas marcas se equipara a la contemplada
actualmente para marcas notorias o famosas sin necesidad de
declaratoria, además se prevén herramientas para combatir
la competencia desleal.
Por lo que hace a los Consejos Reguladores, el expositor
señaló que se amplían signicativamente sus funciones
como asociaciones civiles promotoras y operadoras de las
indicaciones geográcas.
Por otro lado, según el Dr. Jalife, la LSIGDO contempla un
sistema de oposición, es decir, da la posibilidad de oponerse
a cualquier solicitud de registro de marca que incorpore
una indicación geográca, equiparando el procedimiento
de oposición al previsto por la Ley de la Propiedad
Industrial para infracciones administrativas, lo cual resulta
completamente incorrecto e inaplicable puesto que se estarían
contrariando diversas instituciones jurídicas así como la
Ley de la Propiedad Industrial, toda vez que el sistema de
oposición no se encuentra regulado actualmente.
Finalmente, destacó que el proyecto contempla procedimientos
de nulidad, cancelación y caducidad de las declaratorias de
protección de indicaciones geográcas y denominaciones de
origen y de las autorizaciones para su uso; dene diversas
prácticas de competencia desleal, estableciendo multas en
caso de infracciones administrativas, además de contemplar
un tipo penal para combatir el uso ilegal de las mismas.
Tras la exposición se dio oportunidad a los asistentes a que
realizaran preguntas directas al expositor y una vez que estas
concluyeron se agradeció la participación del Dr. Mauricio
Jalife y de los presentes, invitando a todos a participar en las
siguientes sesiones de la Comisión.

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