Derecho del trabajo y seguridad social

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Boletines Comisiones La Barra 59
mundo jurídico (jueces, magistrados, fiscales y
abogados) la necesidad de reforzar la institución del
derecho de audiencia como el verdadero garante del
debido proceso, de modo que se dé vida a la reforma
constitucional en materia penal que tuvo lugar desde
2008 y que a la fecha no ha podido transformar
por completo el sistema que rigió por años de
tinte inquisitivo a uno verdaderamente acusatorio,
adversarial y oral en el que se respete la presunción
de inocencia del individuo.
DERECHO DEL TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
FECHA DE SESIÓN: 26 de abril de 2017.
ORADOR INVITADO: Mtro. Jorge Alberto Juan Zorrilla
Rodríguez.
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “La reforma laboral y la
justicia cotidiana”.
SEGUIMIENTO:
El Maestro Zorrilla Rodríguez habló de la reforma
constitucional al artículo 123, publicada el pasado
24 de febrero en el Diario Ocial de la Federación,
la cual, en su opinión, implica un cambio en la
república, con relación al sistema penal
acusatorio, adversarial y oral que se
introdujo en nuestra constitución en
2008, aún tiene tareas pendientes,
que de acuerdo con la expositora
se reejan en las instituciones,
normativa y prácticas (estructuras
de pensamiento de jueces,
magistrados y abogados). En esta
línea, se plantea como centro del
proceso penal: la audiencia, mismas
que exigen una mayor capacitación a
policías, a los scales y a los abogados, de
tal manera que se necesita una transformación a dos
instituciones: eliminar la prisión preventiva
ociosa y la vinculación a proceso.
En relación a la prisión preventiva
ociosa, se parte del contenido
actual del artículo 155 del Código
Nacional de Procedimientos
Penales, y se propone su
eliminación porque se conserva
como un principio del antiguo
sistema inquisitivo.
Asimismo, los expositores consideran
que la vinculación a proceso, resta valor al
derecho de audiencia, que constituye el pilar principal
del sistema adversarial, puesto que dicha
vinculación a proceso consiste en un
prejuicio en el que un juzgador
ya hizo un adelanto sobre la
probabilidad de la comisión del
delito, de tal manera que se
debilita el derecho de audiencia
que constituye el garante del
debido proceso, siendo el que
verdaderamente permite calicar
de justa la solución al conicto.
La iniciativa de reforma parte de la
eliminación de dichas instituciones, entre otras, para
fortalecer el derecho de audiencia y su inmediación, en
el que deje de imperar el formalismo, y se dé la fuerza
necesaria a los hechos, que constituyen los datos que
debieran ser lo más relevante en el proceso penal, de
modo que se tomen con seriedad las audiencias, más
allá de lo que aparezca en los expedientes, buscando
que esta justicia oral, se vaya al caso concreto, a la
verdad real.
El llamado de los expositores es sembrar en el
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Eduardo Arrocha Gío, Camilo Argüelles Name, Jorge Enrique Roel Paniagua, Rafael Tena Suck, Carlos
Leal-Isla Garza, Guillermo Mojarro Serrano y Sergio Treviño Castillo.

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