Derecho a la regularización migratoria

AutorSelene Sauza Quebrado
Páginas68-68
Actualmente 8.7 millones de personas
sufren diabetes en México además de
que se estima que aproximadamente 12
millones de personas no saben que tie-
nen la enfermedad.
Hoy en día, México se encuentra
en el noveno lugar a nivel mundial en
casos de diabetes, nos explica el acadé-
mico de la Facultad de Ciencias (FC) de
la Universidad Nacional Autónoma de
México (UNAM), Adolfo Andrade Cet-
to, donde se estima que para el 2025 el
incremento de casos de diabetes siga
creciendo, posicionando a México en el
séptimo lugar a nivel mundial.
La diabetes es una enfermedad
crónica en la que los niveles de gluco-
sa (azúcar) en sangre están elevados y
esto se debe a que el organismo pierde
la capacidad de producir insulina, pa-
decerla provoca problemas vasculares,
   
ceguera, amputaciones, derrames cere-
brales o daños al riñón.
Cuando las personas están en ayuno,
el hígado produce glucosa. En el caso de
un diabético, hay que evitar que este órga-
no aporte glucosa al torrente sanguíneo.
Tipos de diabetes
Diabetes tipo 1: La insulina es una
hormona producida por el páncreas
que ayuda a que la glucosa entre a las
células y obtengan energía para hacer
funcionar nuestro cuerpo, esta hormona
se encuentra en menor cantidad cuando
aquel órgano deja de funcionar.
Diabetes tipo 2: Sí hay insulina, pero
fallan sus receptores. Es decir, aunque
esté en el torrente sanguíneo, la glucosa
no puede entrar a las células blanco y su
concentración se eleva. En ambos casos
se presenta hiperglucemia.
“Los pacientes se sienten mal cuan-
do se descompensa la producción de
insulina y aumenta la glucosa. Apare-
cen entonces los síntomas clásicos de la
enfermedad como la sed, la orina y el
hambre.” Por eso es importante estar
monitoreando la glucosa en la sangre
a través de monitores especiales como
el glucómetro Acc-chek Active de JTC.
Un monitoreo correcto es indispensa-
ble en enfermedades como la Diabetes.
¡Mantén tus niveles de glucosa con
una alimentación equilibrada!
Todos los alimentos que consumi-
mos, sin importar su origen, son con-
vertidos en glucosa por nuestro orga-
nismo para ser empleados como fuente
de energía. El índice glucémico de los
alimentos (IG) mide cómo los carbo-
hidratos incrementan la glucosa en
sangre, esto depende del contenido de

 
por lo que es importante hacerlo en for-
ma equilibrada.
Estos alimentos pueden contribuir
a mantener estables los niveles de glu-
 -
dantes u otros nutrientes:
Leguminosas: Frijoles, lentejas,
soya, habas y garbanzos. Procura in-
cluir tres veces a la semana legumino-
sas, hasta que se vuelvan parte de tu
alimentación diaria
Verduras de hoja verde: Otorgan
volumen a las comidas con pocas calo-

Cítricos: Se deben consumir en ga-
  
la vitamina C, recuerda que el jugo de
naranja incrementa rápidamente los ni-
veles de glucosa, mejor consumirla en
su forma más natural.
Camote: Es un tubérculo similar a
las papas pero tiene un menor índice

Granos enteros: Avena y trigo in-
tegrales contienen todos los nutrientes
que ofrece el grano en su forma original
por lo que no elevan drásticamente los
niveles de glucosa en sangre.
Oleaginosas: Almendras, nueces,
pistachos y cacahuates, por su conteni-
do de grasas saludables ayudan a redu-
-
to contribuyen a prevenir el desarrollo
de diabetes tipo 2.
Canela: Preparar una infusión con
esta especia o incluirla molida en ali-
mentos puede ayudar al control de la
glucosa en sangre, de acuerdo con di-
versos estudios, además es excelente
para dar sabor evitando agregar calo-
rías al agua simple.
Recuerda que mantener una alimen-
tación equilibrada ayuda a prevenir
enfermedades, recuerda siempre aseso-
rarte con profesionales de la salud.
Glucosa, todo lo que debes saber
Salutem
Selene
Sauza Quebrado
Abogada especialista en Derecho
Migratorio y Constitucional.
Maestra en Derecho Fiscal.
Derecho a la regularización migratoria
E      
 de Migración establece que
en cualquier caso, con indepen-
dencia      -
quisitos previstos en la ley, la autori-
dad  otorgar la regularización
    
padre,  o hijo de persona-
en condición de estan-
cia de residente.
Por lo que la autoridad -
ria tiene facultades para decidir si
otorga o no la regularización -
ria, pues la ley no otorga  de
decisión al efecto se transcribe:
     -
    

-
   


   
   
-
jero la condición de estancia que corre-

Con independencia de lo anterior,
   
   
que se ubiquen en territorio nacional y
se encuentren en alguno de los siguien-
tes supuestos:
I.
 ser cónyuge, concubina o

-
tancia de residente;
II.
   
tener la representación legal o custodia
   
condición de estancia de residente;
III.
    
   -
   -

nacional;
IV.
Que se trate de personas cuyo grado
   -
posible su deportación o retorno asisti-
do, y
V.
Cuando se trate de niñas, niños y ad-
olescentes que se encuentren sujetos
   -
titución internacional de niños, niñas o
adolescentes.
 ese sentido, la autoridad -
ria ha resuelto con 
   para
 y -
rios, que a la letra reza:
  la reg-
   
   
casos:
I.
    
sido deportada y se interne nueva-
     

II.
  
     
   

III.
-
-
   
soberanía nacional, la seguridad nacio-
nal o la seguridad pública.
     
    
 

     

casuístico– la posibilidad de que las
    
sido deportadas y se internen nueva-

    
  
     -
     
Migración; y (iii) sus antecedentes en
 
 -
beranía nacional, la seguridad nacio-
nal o la seguridad pública regularicen
 

   
    
  

 anterior, en contra de lo que se-
ñaló la Corte  de Dere-
chos  en la opinión consulti-
va oc-21/14, de  de agosto de 2014, la
    debe
 con los requisitos de idonei-
dad, necesidad y pr o p o r c i o n a l i d a d , lo
que no ocurre en el caso, porque 
de  generalizada la regulariza-
ción    -
cos, sin prever la posibilidad de un
análisis individualizado de cada
caso, no obstante que tales restriccio-
nes deben  la posibilidad
de analizar las circunstancias parti-
culares en aras ponderar el derecho al
disfrute de la vida  frente a la
política  
De igual  el artículo -
nado era violatorio del principio de
igualdad y de universalidad de los
derechos -
tos 1° constitucional y 24 de la Con-
vención  sobre Derechos
    
     

,
que prive o restrinja a los 
del derecho a la 
    
el derecho a la regularización -
toria en  del  
  debe prevalecer a
lo establecido en   
 para  y Proce-
 Migratorios.
-edicta-Marzo-2022
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