El derecho en occidente

AutorRafael Estrada Michel
Páginas54-54
La Barra Junio-Julio 2016
52
Publicaciones
HISTORIA MÍNIMA DEL DERECHO EN
OCCIDENTE, DE JAIME DEL ARENAL
FENOCHIO
Por: Rafael Estrada Michel
Quienes hemos tenido la fortuna de abrevar en los
altamente graticantes y relativizadores Cursos de
Historia jurídica que por tres décadas ha impartido
Jaime del Arenal en diversas instituciones mexicanas, no podemos
sino recibir con júbilo la inclusión de su Historia del Derecho en
Occidente dentro de la excelente colección de Historias mínimas
que publica El Colegio de México.
Con todo, y a pesar de los dichosos recuerdos de un Curso
excepcional que nos pueda traer la lectura del volumen, no
debemos esperar un mero manual de la materia ni un libro para
aburridos estudiantes de licenciatura ansiosos de cubrir cuanto
antes los créditos correspondientes para acceder al Foro y a sus
benecios. No: el de Arenal es, sin alardes, un libro erudito que
sabe muy bien a donde va y que aprovechará sin duda al lector
ajeno al mundo del Derecho e incluso profano en lo que a las
Humanidades y a las Ciencias sociales se reere. La incomparable
cátedra del autor casi puede escucharse, en su decidida pasión
por la verdad, al posar los ojos sobre las poco más de doscientas
páginas que componen esta Mínima pero completa Historia,
que por si fuera poco incluye in ne una utilísima enunciación
de sugerencias historiográcas y literarias.
Útil, hemos dicho, para cualquier mente curiosa empeñada en
entender fenómenos que generalmente damos por sentados. Y es
que el libro –como aquel inolvidable Curso- se hace cargo en toda
su inagotable complejidad y riqueza de un fenómeno universal (y,
por ende, altamente humano): el de la búsqueda de un Orden de
las cosas que pueda parecernos, sensatamente, Justo. El desarrollo
de tal idea se obtiene a partir de una perspectiva inédita, acaso
inusitada, al menos en lo que al medio mexicano se reere: la
atalaya del Derecho creado no por legisladores sino por juristas,
por jurisconsultos integrantes de ese “taller sapiencial” al que se
ha referido Paolo Grossi –el presidente de la Corte constitucional
italiana que ha ejercido una denitoria inuencia sobre nuestro
escritor- y que en Occidente alcanzó sus cotas de calidad más
altas en la Roma clásica (la del sistema procesal formulario) y
en la Europa bajomedieval que algo logró transmitir, en términos
de Ius Commune, a estas nuestras Indias hispanoamericanas.
La perspectiva, en suma, se hace cargo de un Derecho plural, con
fuentes diversas y no jerarquizadas, gozoso de razonamientos
horizontales, principialistas y tópicos (¿no es, pregunto al
operador jurídico, lo que a los efectos de la garantía eciente
de los Derechos Humanos nos impone ahora el artículo primero
constitucional?). Un Derecho ordenativo, que no “mandatado”
como se dice sintomática y barbáricamente hoy, tolerante con la
diversidad y, en su búsqueda de lo que puede resultar justo en cada
caso concreto, prudente y complejizador. El lego, el estudiante y
el profesionista recibirán, como muchas y muchos entre nosotros,
los abogados del último Novecientos, una lección invaluable:
que el Derecho no se agota en la ley, como se pretendió a raíz
de la crisis de la auctoritasque llevó a los reductores procesos
de la Codicación y el Constitucionalismo modernos, sino que
es producto de la praxis social, constructo intelectual y, en el
fondo, apasionante y virtuosa búsqueda de soluciones justas allá
en donde puedan encontrarse. No necesariamente en el vértice
de pirámide normativa alguna, se entiende, sino encarnadas en
la realidad del ser humano que nos contempla e interroga desde
hace veinticinco siglos: las centurias, justamente, de las que se
ocupa el libro de nuestro inolvidable maestro.

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