Derecho por ley

Velázquez explicó que la ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, con un importe mínimo de 15 días de salario.

Indicó que no existe un tope máximo, por lo que algunas empresas dan un mes, cuatro meses o más, y tienen esta prestación quienes están contratados por nómina (asalariados).

Señaló que los que no hayan cumplido el año de servicios tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubiesen trabajado, cualquiera que fuere éste.

Dijo que a quienes están contratados por honorarios el patrón no tiene la obligación de otorgar las prestaciones de ley como el seguridad social, vacaciones, antigüedad y aguinaldo; ya que funcionan como personas físicas independientes y se supone que...

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