Derecho civil. 6 de abril de 2017

AutorCarlos Alberto Vélez Rodríguez
Páginas51-52
Boletines Comisiones La Barra 51
peores consecuencias.
Se discutió entre los asistentes la
postura contraria que sostiene
la viabilidad y solidez de los
instrumentos y la ecacia de los
canales de nanciamiento que
proporciona, siendo analizada
también la complicación que
representa el hecho de plantear un
concurso mercantil de un deicomiso,
así como las problemáticas prácticas que
pudieran presentarse en su ejecución.
Finalmente, se concluyó con un mensaje del
Coordinador Antonio Silva quien presidía su
última sesión en dicho cargo, quien manifestó su
agradecimiento por todo el apoyo recibido en los cuatro
exitosos años de su dirección del Comité y manifestó
su apoyo a los coordinadores entrantes.
Por mi parte, agradecí al Dr. Mejan y al Lic. Silva
por su conanza depositada en los más de cuatro
años en los que tuve el gusto de ser el Secretario del
Comité, así como agradecí a todos los presentes y
ausentes, ya que fueron ellos quienes lograron que el
Comité creciera para ser ahora Comisión; además de
que se hizo del conocimiento la decisión del Consejo
Directivo de designar a dos nuevos coordinadores,
quienes conamos continuarán trabajando en el exitoso
sendero ya labrado para el crecimiento de la materia
en nuestro colegio, deseándoles el mayor de los éxitos.
La sesión nalizó con la entrega de los diplomas
al Coordinador Lic. Antonio Silva Oropeza y al
Secretario Mtro. Iván Josué Romo Valdovinos del
Comité de Derecho Concursal que realizó el Consejero
de nuestro Colegio Lic. Gonzalo Alarcón Iturbide.
DERECHO CIVIL
Por: Carlos Alberto Vélez Rodríguez
FECHA DE SESIÓN: 6 de abril de 2017.
ORADORA INVITADA: Lic. Brenda Rangel González.
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “Protección del Derecho
a la propia imagen y sus limitaciones a la libertad de
expresión: análisis de la acción de daño moral”.
SEGUIMIENTO:
La expositora describió con mucho detalle, cómo
diversa actividad que se ejerce en las redes sociales,
se hace de forma muy irresponsable, ya que pueden
estarse violando derechos a la propia imagen.
Casos destacables fueron los realizados
mediante grabaciones de una corriente
denominada “poder antigandalla”;
una más, respecto de una gura
pública a quien se le sorprendió
en topless en una playa y se
expuso su imagen en una revista;
y muchas más en las que con
la intención de tener efectos
positivos de cambio en la conducta
de las personas, se exponen sus
rostros, nombres e inclusive datos más
personales, sin que sea relevante si están o
no de acuerdo con esas grabaciones.
Nos expresó cómo con la intención de participar en
un debate social, a través de las redes sociales y sin
mayor cuestionamiento, los usuarios toman imágenes
de otros y las emplean con el objetivo de difundir
-comúnmente- eventos que pueden considerarse como
reprochables, exponiendo a los autores y propiciando
un rechazo social.
Brenda expresó que en España se tiene un antecedente
de conductas como las referidas, en las que una persona
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Quetzalcóatl Sandoval Mata, Carlos Alberto Vélez Rodríguez,
Brenda Rangel González, Kain Mendoza Torres y René Gavira Martínez.

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