Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 476/96, relativo a la creación de un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominará General Desiderio Pavón, promovido por campesinos del poblado Vicente Guerrero, Municipio de Pánuco, Ver

EmisorTribunal Superior Agrario

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 476/96, relativo a la creación de un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominará General Desiderio Pavón, promovido por campesinos del poblado Vicente Guerrero, Municipio de Pánuco, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver, en cumplimiento de la ejecutoria D.A. 1223/2001, dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el juicio agrario número 476/96, que corresponde al expediente número 1502, relativo a la creación de un Nuevo Centro de Población Ejidal que de constituirse se denominará General Desiderio Pavón , promovido por un grupo de campesinos radicados en el poblado Vicente Guerrero , Municipio de Pánuco, Estado de Veracruz, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por escrito de once de julio de mil novecientos ochenta y uno, un grupo de campesinos radicados en el poblado Vicente Guerrero , Municipio de Pánuco, Estado de Veracruz, solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, la creación de un Nuevo Centro de Población Ejidal que de constituirse se denominará General Desiderio Pavón . Asimismo, manifestó su conformidad para trasladarse al lugar en donde hubiese tierras disponibles.

SEGUNDO.- Por oficio número 25470, de dos de junio de mil novecientos ochenta y uno, el Delegado Agrario comisionó a Adán Acosta Bandala, para realizar la investigación de la capacidad individual y colectiva de los solicitantes. El comisionado rindió su informe el veintiocho de agosto del mismo año, del que se conoce que los trabajos censales arrojaron un total de veintinueve campesinos que reúnen los requisitos de capacidad en materia agraria. Asimismo, informó que realizó el estudio de los siguientes predios:

...Predio El Porvenir , propiedad de Marcos Americus y Pola Schwars Eslinger, con superficie de 426-00-00 Has., inscripción num. 248 sec. 1ra. Vol. III de fecha 1o. de agosto de 1968, al hacer la inspección al predio se comprobó que está debidamente explotado dedicado a la industria ganadera, cuenta con las siguientes instalaciones e implementos.- 3 corraleras, 1.- Baño garrapaticida, 1.- Báscula, 1.- Prensa, 4.- Casas de Material para los vaqueros, 1.- Casa de Mampostería que es el casco de la finca, 2.- Bodegas, 1.- Tractor agrícola con todos sus implementos, 2.- Remolques, 1.- Pipa, 8.- Presas, está dividido en 12 fracciones para su mejor explotación, sembrado totalmente con pastos de los conocidos como guinea o privilegio, pastando ganado cebú-bragham de alto registro, contando 270 reses de diferentes edades y 10 equino para el trabajo, como se nota está debidamente explotado, siendo terrenos de agostadero.

Predio Nacata , propiedad del C. Simón Merikanskas, con superficie de 912-02-79 Has., inscripción num. 133 Sec. 1. Vol. 111, de fecha 20 de junio de 1947, protegido con el certificado de inafectabilidad ganadera número 162464, según acuerdo dictado el 17 de abril de 1957 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio del mismo año, al hacer la inspección al terreno el suscrito acompañado por los solicitantes se comprobó que está debidamente explotado, circulado y cercado con cuatro hilos de alambre de púas, su cerca limítrofe con otros predios está perfectamente visible teniendo madera viva de diferentes especies, para su mejor explotación el propietario lo ha dividido en 16 partes, contando con las siguientes instalaciones e implementos 1.- Baño garrapaticida de inmersión, 1.- Prensa, 16.- Presas, 2.- Tractores con sus implementos, 1.- Máquina cortadora de zacate, 1.- Galera, 1.- bodega, 1.- casa de Mampostería que se considera como casco de la finca, 4.- Casas para el personal que labora y 2.- Molinos para forraje, el suscrito considera que se encuentra el predio sembrado con zacate guinea un 80%, 15% de pangola y 5% de zacate conocido como estrella del áfrica, como su inafectabilidad lo indica está dedicado a la industria ganadera, encontrándose 450 reses de la raza cebú de alto registro, la calidad del terreno no permite otra clase de explotación pues se considera de agostadero de buena calidad teniendo un rendimiento a nivel predial de 2-00-00 Has., para una res de ganado mayor.- Se constata que no viola la ley federal de reforma agraria en vigor, quedando dentro de los señalamientos de la misma como lo indica en su artículo 249 y su fracción IV y otros relativos a inafectabilidad.

Lote 8 de Nacata o Cacalilao.- Según la inscripción num. 109, sección 1a. Volumen IV, de fecha 5 de septiembre de 1946, el C. José S. Benavides compra para sus hijos este predio y que en total tenía 1,622-46-85 Has., de las que vendieron 25-00-00 Has., a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, quedando 1,597-46-85 Hectáreas, los primeros dueños eran los Hnos. Jesús Mario, José Sigfrido, Juan Javier, María Eva y María Cleotilde y posteriormente incluyeron a Adán Alberto todos de apellido Benavídez Ramírez, al rectificar las medidas del predio éste dio un total de 1,766-38-72 Has., contando las que enajenaron, tomando el acuerdo entre los hermanos Benavídez de disolución de la mancomunidad existente en el predio, tocándole a cada uno de ellos 294-39-78.83 hectáreas, con toda oportunidad el suscrito corrió notificación al C. José S. Benavídez para que nos diera su anuencia para pasar a su predio y llevar a cabo la inspección reglamentaria, lo que accedió su representante el C. Adán Alberto Benavídez por lo que proseguimos a trasladarnos al predio. Encontrando lo siguiente: 70 reses de la raza suizo, 40 equinos, como 100 borregos, una casa de mampostería y dos jacalones, preguntando al encargado, que si era propiedad de alguno de los hermanos antes referidos manifestando que era del rancho y que en las 1,741-38-72.98 Has., es todo lo que había y que él era el encargado de todo el predio, efectivamente desde que nos internamos los solicitantes y el suscrito al lote 8 notamos el abandono en que se encuentra, notando el poco interés que tienen sus actuales propietarios del mismo y según como me lo dice el Registro Público de la Propiedad todas las fracciones se encuentran hipotecadas, considera el suscrito que por muy chicas que sean las hipotecas no serían pagadas en la forma de explotación que llevan a cabo los Hnos. Benavídez Ramírez, la vegetación que prevalece en el predio es la siguiente.- Huizaches, guasima, palo mulato, mezquite, ébano y otros, notándose que el bosque no ha sido talado y la única explotación que se hace de la madera es haciendo carbón, que según el encargado los dueños hacen contratos con campesinos de la región para que talen y aprovechen la madera y el requisito que los carboneros les siembren pastos, es por eso que hay más o menos 70-00-00 Has., de zacates pangolas diseminadas por todo el predio, la calidad del terreno el suscrito la considera como de temporal susceptible de siembra en las partes pegadas a la laguna Nacata y del agostadero en las partes más alejadas de la laguna.

De los predios que señalan los campesinos como presuntos afectables se encuentran también los de los CC. Amado San Pedro y de José M. Arias Carmona, los que al analizarlos nos dice lo siguiente:

Según la inscripción número 287, Sec. 1, Vol. VII de fecha 20 de mayo de 1980, Don Amado San Pedro y Esposa poseen 51-57-67 Has.

Don José M. Arias Carmona era propietario de las fracciones A y B del lote número 5 del predio rústico Cacalilao, según la inscripción número 388, Sec. 1, Vol. IX de fecha 18 de diciembre de 1969, con superficie de 199-95-66 Has., y precisamente al hacer la inspección a dicha fracción me informaron ejidatarios del poblado Vicente Guerrero del Mpio., de Pánuco, Ver. Que ya lo habían adquirido... .

TERCERO.- El once de julio de mil novecientos ochenta y uno, se eligió a Roberto del Angel Hernández, Serafín Castelan Rodríguez y Pedro Maldonado Jiménez, como presidente, secretario y vocal, respectivamente, del Comité Particular Ejecutivo y como suplentes, Mauro Vázquez Domínguez, Moisés Mata Mendoza y Adrián Méndez.

CUARTO.- La Delegación Agraria en la Entidad Federativa, por oficio número 28400 de veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y dos, emitió su informe y opinión, por los que manifiesta que no existen áreas factibles de afectación, para la creación de nuevos centros de población ejidal.

QUINTO.- El expediente respectivo se instauró por la Dirección General de Procedimientos Agrarios, Dirección de Nuevos Centros de Población Ejidal, de la Secretaría de la Reforma Agraria, el diez de julio de mil novecientos noventa y cinco, registrándose bajo el número 1502.

SEXTO.- La solicitud de referencia, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el veintidós de agosto de mil novecientos noventa y cinco, y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz, el diecisiete del mismo mes y año.

SEPTIMO.- Por oficio número 11973, de dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, el Delegado Agrario, instruyó al ingeniero Enrique Guerrero Cano, a fin de que realizara los trabajos técnicos e informativos; quien rindió su informe el ocho de noviembre del mismo año, en el que expresó que a petición de los miembros del Comité Particular Ejecutivo, únicamente se investigaron las...

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