Aclaración al Acuerdo General 42/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la creación temporal, denominación, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de los Juzgados Segundo de Distrito A y Segundo de Distrito B , ambos en materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con...

Fecha de Resolución14 de Julio de 2003

Aclaración al Acuerdo General 42/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la creación temporal, denominación, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de los Juzgados Segundo de Distrito A y Segundo de Distrito B , ambos en materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey; establece las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en la materia y residencia mencionadas, publicado el 4 de julio de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACLARACION AL ACUERDO GENERAL 42/2003 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DETERMINA LA CREACION TEMPORAL, DENOMINACION, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS JUZGADOS SEGUNDO DE DISTRITO A Y SEGUNDO DE DISTRITO B , AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, CON RESIDENCIA EN MONTERREY; ESTABLECE LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LA MATERIA Y RESIDENCIA MENCIONADAS, PUBLICADO EL 4 DE JULIO DE 2003.

ACUERDO...

Dice:

PRIMERO

A partir del dieciséis de julio de dos mil tres, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey, se transformará temporalmente en Juzgado Segundo de Distrito A en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey y Juzgado Segundo de Distrito B en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey y tendrán igual competencia y jurisdicción territorial que la de los juzgados de Distrito en materia administrativa que actualmente funcionan en la referida localidad.

TRANSITORIOS

PRIMERO

Este acuerdo entrará en vigor el dieciséis de julio de dos mil tres.

Debe decir:

PRIMERO

A partir del uno de agosto de dos mil tres, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey, se transformará temporalmente en Juzgado Segundo de Distrito A en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey y Juzgado Segundo de Distrito B en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, con residencia en Monterrey y tendrán igual competencia y jurisdicción...

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