Delitos Cometidos por los Servidores Públicos
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 142-144 |
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Definición de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos
225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
I. Conocer de negocios para los cuales tengan impedimento legal o abstenerse de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal para ello;
II. Desempeñaralgúnotroempleooficialounpuestoocargoparticular que la ley les prohíba;
III. Litigarporsíoporinterpósitapersona,cuandolaleylesprohíbael ejercicio de su profesión;
IV. Dirigir o aconsejar a las personas que ante ellos litiguen;
V. No cumplir una disposición que legalmente se les comunique por su superior competente, sin causa fundada para ello;
VI. Dictar, a sabiendas, una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean ilícitas por violar algún precepto terminante de la ley, o ser contrarias a las actuaciones seguidas en juicio o al veredicto de un jurado; u omitir dictar una resolución de trámite, de fondo o una sentencia definitiva lícita, dentro de los términos dispuestos en la ley.
VII. Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebidos;
VIII. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia;
IX. Abstenerse injustificadamente de hacer la consignación que corresponda de una persona que se encuentre detenida a su disposición como probable responsable de algún delito, cuando ésta sea procedente conforme a la Constitución y a las leyes de la materia, en los casos en que la ley les imponga esa obligación; o ejercitar la acción penal cuando no preceda denuncia, acusación o querella;
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X. Detener a un individuo durante la averiguación previa fuera de los casos señalados por la ley, o retenerlo por más tiempo del señalado en la Constitución;
XI. No otorgar, cuando se solicite, la libertad caucional, si procede legalmente;
XII. Obligar al inculpado a declarar, usando la incomunicación, intimidación o tortura;
XIII. No tomar al inculpado su declaración preparatoria dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación sin causa justificada, u ocultar el nombre del acusador, la naturaleza y causa de la imputaciónoeldelitoqueseleatribuye;
XIV. Prolongar la prisión preventiva por más tiempo del que como máximo fije la ley al delito que motive el proceso;
XV. Imponer gabelas o contribuciones en cualesquiera lugares de detención o internamiento;
XVI. Demorar...
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