Acuerdo que Establece los Criterios Generales Para Delegar Facultades al Secretario de Finanzas, Respecto de la Aplicación del Artículo 64 Fracción II de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.

2 de septiembre de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9183
A C U E R D O
“…PRIMERO. Se tiene por presentada en tiempo y forma la Cuenta Pública Municipal correspondiente al
Primer Semestre del Ejercicio Fiscal 2009, la cual se precisa en la información anexa al presente Acuerdo que
forma parte inherente del mismo.
SEGUNDO. En cumplimiento de lo establecido por el artículo 30 fracción XIII de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro; y por el artículo 21 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Querétaro; se autoriza la remisión de la Cuenta Pública referida en el Resolutivo anterior, a la Entidad Superior
de Fiscalización del Estado; con la finalidad de comprobar que la recaudación, administración, manejo y
aplicación de los recursos públicos durante el periodo respectivo, se ejercieron en los términos de las
disposiciones legales y administrativas aplicables, así como de acuerdo con los programas aprobados.
TERCERO. Con fundamento en el artículo 47 fracción IV y VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, remitir al Poder Legislativo del Estado de Querétaro a
través de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado; la información relativa a la Cuenta Pública del Primer
Semestre del Ejercicio Fiscal 2009 para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.
CUARTO. Se aprueba el Programa Inicial de Obra Pública Anual del año 2009 del Ramo 33 autorizado
en el Decreto de Presupuesto de Egresos 2009 y asimismo, el Programa Final de Obra Pública Anual 2008 del
Ramo 33, al 31 de diciembre de 2008.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial de Gobierno
del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” con costo al Municipio de Querétaro, por lo que se instruye al
Secretario de Finanzas erogue las cantidades necesarias para tal efecto.
SEGUNDO. El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.
TERCERO. Notifíquese el presente Acuerdo al Poder Legislativo del Estado de Querétaro; a la Entidad
Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, a la Secretaría de Finanzas; y a la Auditoría Superior de
Fiscalización del Municipio de Querétaro…”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA
LUGAR, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, EN LA CIUDAD DE
SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-----------------------------------------------DOY FE-----------------------------------------
LIC. J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
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