Acuerdo por el que se delegan en favor de los titulares de los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, las facultades que en favor del Titular de la misma otorga la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y ...
Fecha de disposición | 17 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 17 Mayo 2007 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se delegan en favor de los titulares de los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, las facultades que en favor del Titular de la misma otorga la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
ALBERTO CARDENAS JIMENEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 2 fracción I, 14, 16 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 10 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 1o., 2o., 3o. fracción III, 5o., 32 y 35 fracciones I, III y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que los titulares de las Secretarías de Estado para la mejor administración y organización del trabajo, podrán delegar facultades en los servidores públicos de la Secretaría a su cargo, salvo aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas por sus titulares;
Que dentro del marco de las funciones encomendadas a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, ésta tiene como objetivo el eficientar las actividades y delimitar de forma más precisa las responsabilidades de los titulares de los Organos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Que el artículo 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, los titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades serán los responsables de que, en la adopción e instrumentación de las acciones que deban llevar a cabo en cumplimiento de ésta, se observen criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo, la descentralización de funciones y la efectiva delegación de facultades y que aquellas conferidas por esta ley a los titulares de las dependencias...
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