Acuerdo por el que se delegan facultades en el Director General de Desarrollo Humano de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Fecha de disposición28 Marzo 2007
Fecha de publicación28 Marzo 2007
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se delegan facultades en el Director General de Desarrollo Humano de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16, 18 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 4, 5, 8 fracciones IX, X y XXXI, y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los titulares de las dependencias, para la mejor organización del trabajo, podrán delegar en servidores públicos subalternos cualquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares;

Que el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social señala que corresponde originalmente al Secretario la representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de aquélla y que el mismo podrá conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, sin perjuicio de su ejercicio directo, a cuyo efecto expedirá los acuerdos correspondientes que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación;

Que el artículo 8, fracciones IX, X y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, faculta al Oficial Mayor para firmar, en los casos no previstos en la fracción XIII del artículo 6 de dicho Reglamento, los nombramientos de los servidores públicos de la Secretaría desde el nivel de jefe de departamento hasta de director de área, inclusive, así como resolver sobre los casos de terminación de los efectos del nombramiento del personal, y apoyar en la ejecución de las sanciones previstas en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; para autorizar a los trabajadores las licencias que, en los términos de las Condiciones Generales de Trabajo, le corresponda, y las comisiones oficiales para el desempeño de las actividades en una unidad administrativa diversa a la de adscripción de los mismos, con el fin de atender las necesidades del servicio, y para autorizar los dictámenes para la contratación de servicios bajo...

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