Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y se delegan facultades en sus titulares
Fecha de disposición | 25 Mayo 2005 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2005 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se determina la circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y se delegan facultades en sus titulares.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16, 17 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1008 de la Ley Federal del Trabajo; 1o., 38 fracción V y 112 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 1, 2, 4, 5 fracción I, 6 fracciones X y XI, 29, 30, 31 y 32 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece que para que un país tenga éxito en el nuevo esquema mundial es necesario contar con gobiernos ágiles, responsables, con capacidad de respuesta y herramientas para enfrentar los retos que impone el desarrollo;
Que en la medida en que se fortalezcan los mecanismos para acercar las decisiones de gobierno al ámbito en el que éstas son requeridas, en esa medida será el grado de pertinencia que tengan para resolver los problemas o aprovechar las oportunidades de las localidades en cuestión. De esta forma, se elevará el impacto y la eficacia en el uso de los recursos y se lograrán mejores resultados para la población que cada vez demanda más y mejores satisfactores a sus necesidades;
Que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha emitido diversos instrumentos jurídicos relacionados con la operación y facultades de sus representaciones, que requieren ser actualizados para propiciar la consolidación de la normatividad en la materia y, al mismo tiempo, avanzar en la desregulación administrativa;
Que el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social señala que ésta contará con delegaciones federales del trabajo en las entidades federativas y en el Distrito Federal y con subdelegaciones y oficinas federales del trabajo, en el número y con la competencia territorial y sede que se fijen en los acuerdos que emita el Secretario;
Que se ha estimado conveniente crear y modificar las representaciones federales del trabajo que se indican, bajo criterios demográficos y socioeconómicos, a efecto de redistribuir las tareas a cargo de la Secretaría y, de esta manera, ampliar la cobertura delegacional y elevar la calidad de los servicios que se brindan a los sectores productivos, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES, SUBDELEGACIONES Y OFICINAS FEDERALES DEL TRABAJO DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, Y SE DELEGAN FACULTADES EN SUS TITULARES
El presente Acuerdo tiene por objeto fijar la sede y circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en las que sus titulares podrán ejercer las facultades que se les delegan en este ordenamiento, en los términos del Reglamento Interior de la Secretaría.
Para los efectos de este Acuerdo se entiende por:
-
Secretaría, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
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Reglamento Interior, al Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
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Unidad, a la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo;
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Delegaciones, a las delegaciones federales del trabajo;
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Subdelegaciones, a las subdelegaciones federales del trabajo;
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Oficinas, a las oficinas federales del trabajo;
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Representaciones, a las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo, y
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Unidades Administrativas, a las áreas centrales de la Secretaría comprendidas en su Reglamento Interior.
La Secretaría contará con delegaciones en los Estados de:
Aguascalientes; Baja California; Baja California Sur; Campeche; Coahuila; Colima; Chiapas; Chihuahua; Durango; Guanajuato; Guerrero; Hidalgo; Jalisco; México; Michoacán; Morelos; Nayarit; Nuevo León; Oaxaca; Puebla; Querétaro; Quintana Roo; San Luis Potosí; Sinaloa; Sonora; Tabasco; Tamaulipas; Tlaxcala; Veracruz; Yucatán, y Zacatecas.
Las sedes de las delegaciones se ubicarán en las respectivas capitales de las entidades federativas, y sus circunscripciones territoriales comprenderán la totalidad de los municipios de los propios Estados.
La circunscripción territorial de las delegaciones incluirá los municipios que se asignan específicamente a las subdelegaciones y oficinas, en términos del artículo 6 del presente Acuerdo.
La Secretaría contará además, con una Delegación en el Distrito Federal, con sede en Azcapotzalco, cuya circunscripción territorial comprenderá la totalidad de las demarcaciones territoriales que integran el Distrito Federal.
La circunscripción territorial de la Delegación del Distrito Federal, incluirá las demarcaciones territoriales que se asignan específicamente a la Subdelegación Federal del Trabajo del Distrito Federal, en términos del artículo 6 del presente Acuerdo.
Las delegaciones coordinarán, supervisarán y evaluarán la operación y funcionamiento de las subdelegaciones y oficinas que se encuentren adscritas a su circunscripción territorial.
Sin perjuicio de que las delegaciones ejerzan de manera directa las facultades y funciones que el Reglamento Interior, este Acuerdo y demás disposiciones jurídicas les confieren en el ámbito de su circunscripción territorial, la Secretaría contará con las subdelegaciones y oficinas federales del trabajo que a continuación se indican, cuyas sedes y circunscripciones territoriales serán las siguientes:
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Subdelegaciones
Estado | Sede | Municipios que comprende la circunscripción territorial |
1. Coahuila | Torreón | Francisco I. Madero, Matamoros, Ocampo, San Pedro, Sierra Mojada, Torreón y Viesca. |
2. Chihuahua | Ciudad Juárez | Ahumada, Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes, Galeana, Guadalupe, Ignacio Zaragoza, Janos, Juárez, Nuevo Casas Grandes y Praxedis G. Guerrero. |
3. Guanajuato | León | Cuerámaro, León, Manuel Doblado, Ocampo, Purísima del Rincón, San Felipe y San Francisco del Rincón. |
4. Guerrero | Acapulco de Juárez | Acapulco de Juárez, Atoyac de Alvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Copala, Coyuca de Benítez, Cuahuayutla, Cuajinicuilapa, Cuautepec, Florencio Villarreal, Igualapa, La Unión, Marquelia, Ometepec, Petatlán, San Jerónimo, San Luis Acatlán, San Marcos, Técpan de Galeana, Tecuanapa, Teniente José Azueta, Tlacuachistlahuaca y Xichistlahuaca. |
5. México | Naucalpan de Juárez | Acolman, Amecameca, Apaxco, Atenco, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Coacalco, Cocotitlán, Coyotepec, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chiautla, Chicoloapan, Chiconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca, Hueypoxtla, Huixquilucan, Ixtapaluca, Jilotzingo, Juchitepec, La Paz, Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nextlalpan, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, Papalotla, San Martín de las Pirámides, Tecámac, Temamatla, Temascalapa, Tenango del Aire, Teoloyucan, Teotihuacan, Tepetlaoxtoc, Tepetlixpa, Tepotzotlán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tlalnepantla de Baz, Tultepec, Tultitlán y Zumpango. |
6. Tamaulipas | Reynosa | Burgos, Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Méndez, Mier, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa y Río Bravo. |
Tampico | Aldama, Altamira, Ciudad Madero, González, Soto la Marina y Tampico. | |
7. Veracruz | Veracruz | Acula, Alvarado, Amatitlán, Angel R. Cabada, Boca del Río, Camarón de Tejeda, Carlos A. Carrillo, Carrillo Puerto, Catemaco, Cosamaloapan, Cotaxtla, Chacaltianguis, Ignacio de la Llave, Isla, Ixmatlahuacán, Jamapa, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, La Antigua, Lerdo de Tejada, Manlio Fabio Altamirano, Medellín de Bravo, Otatitlán, Playa Vicente, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Soledad de Doblado, Tierra Blanca, Tlacojalpan, Tlacotalpan, Tlalixcoyán, Tres Valles, Tuxtilla, Ursulo Galván y Veracruz. |
8. La Subdelegación Federal del Trabajo del Distrito Federal, con sede en Coyoacán y cuya circunscripción territorial comprenderá las siguientes demarcaciones territoriales: Alvaro Obregón, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco. |
Estado | Sede | Municipios que comprende la circunscripción territorial |
1. Baja California | Ensenada | Ensenada. |
Tijuana | Playas de Rosarito, Tecate y Tijuana. | |
2. Coahuila | Sabin |
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