Acuerdo por el que se determina el número, sede, estructura y circunscripción territorial de las delegaciones y subdelegaciones del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Fecha de disposición22 Marzo 2000
Fecha de publicación22 Marzo 2000
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se determina el número, sede, estructura y circunscripción territorial de las delegaciones y subdelegaciones del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración de Bienes Asegurados.

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL NUMERO, SEDE, ESTRUCTURA Y CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE BIENES ASEGURADOS, ORGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

SANTIAGO SANCHEZ HERRERO, Director General del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 57 de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados; y 3o. apartado B, fracción I, 9o. fracción XV, 20, 21 y 22 del Reglamento Interior del Servicio de Administración de Bienes Asegurados.

CONSIDERANDO

Que en congruencia con las disposiciones legales indicadas, el Reglamento Interior del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 2000, establece que es facultad del director general determinar el número, sede, estructura y circunscripción territorial de las delegaciones y subdelegaciones del Servicio de Administración de Bienes Asegurados;

Que entre los propósitos que prevé el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, se encuentra un mayor impulso a la descentralización administrativa y a la desconcentración de funciones, a efecto de mejorar las funciones públicas, abatir costos y asegurar que las decisiones se tomen en el ámbito geográfico donde se demanden las funciones, sin perjuicio de que éstas se desempeñen con la misma calidad e intensidad en las diversas áreas geográficas del país;

Que para la debida operación del Servicio de Administración de Bienes Asegurados y el cumplimiento de sus funciones, dada la naturaleza de estas últimas, es necesario que cuente con unidades administrativas desconcentradas;

Que el Reglamento Interior del Servicio de Administración de Bienes Asegurados prevé que...

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