ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETARO, POR EL QUE SE DEFINE EL NUMERO DE BOLETAS ELECTORALES QUE HABRAN DE IMPRIMIRSE, INCLUYENDO LAS ADICIONALES PARA LOS REPRESENTANTES DE PARTIDOS POLÍTICOS Y/O COALICIONES ANTE MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA Y GENERALES, ASI COMO LAS BOLETAS ELECTORALES PARA LOS CIUDADANOS QUE SE BENEFICIEN CON RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS POLÍTICO - ELECTORALES.

Pág. 682 PERIODICO OFICIAL 16 de junio de 2000
$2,094 estando el resto de las aportaciones pen-
dientes de suscribir, por lo que a esa fecha el capi-
tal social nominal de la compañía ascendía a
$33,822 y estaba representado por 174,083,265
acciones ordinarias sin valor nominal, íntegramente
suscritas y pagadas, de las cuales 46,700,482 co-
rresponden a la parte fija del capital social y
127,382,783 a la parte variable del mismo.
Al 31 de diciembre de 1995 quedó suscrita y
pagada la parte del aumento del capital social no-
minal que estaba pendiente de suscribir de acuerdo
con el párrafo anterior. por otro lado el 21 de sep-
tiembre de 1995 en asamblea general extraordina-
ria se acordó otro aumento de capital social en su
parte variable por la cantidad de $7,994 mediante la
emisión de 62,457,500 acciones de la serie “b” sin
expresión de valor nominal. como consecuencia de
todo lo anterior al 31 de diciembre de 1999 y 1998
el capital social nominal de la compañía asciende a
$42,422, el cual esta representado por 241,270,764
acciones ordinarias sin valor nominal íntegramente
suscritas y pagadas, de las cuales 47,974,938 co-
rresponden a la parte fija del capital social y
193,295,826 a la parte variable del mismo.
Al 31 de diciembre de 1999 y 1998, la com-
pañía ha perdido las dos terceras partes de su capi-
tal social, por lo que a esas fechas, se encuentra en
causa de disolución, de acuerdo con las disposicio-
nes de la ley general de sociedades mercantiles.
En caso de reducción de capital, estará gra-
vado el excedente de las aportaciones actualizadas
según los procedimientos establecidos por la ley del
impuesto sobre la renta.
(8) Enfoque fiscal:
a) Régimen de impuesto sobre
la renta y sobre activos
El impuesto sobre la renta se calcula consi-
derando ciertos efectos de la inflación, tales como
deducción de la depreciación a valores actuales
(precios constantes), deducción de compras en
lugar del costo de ventas, acumulación o deducción
del componente inflacionario el cual es similar al
resultado por posición monetaria debido a que se
reconoce el efecto inflacionario en ciertos activos y
pasivos monetarios.
Por otra parte el impuesto sobre los activos
se determina aplicando la tasa del 1.8% sobre un
promedio de activos menos ciertos pasivos y se
paga únicamente por el monto que exceda el im-
puesto sobre la renta del año. durante el ejercicio el
impuesto causado fue de $ 515 no habiéndose
acreditado cantidad alguna por este concepto con-
tra el impuesto sobre la renta. no se efectuó el pago
de este impuesto, en virtud del decreto publicado
en el diario oficial el 19 de marzo de 1999.
b) Resultado fiscal
El impuesto sobre la renta se ha determinado
sobre la base de los resultados individuales de
cada compañía y no sobre una base consolidada, la
cual eleva el impuesto sobre la renta en relación
con la utilidad antes de impuestos consolidada.
Las principales partidas permanentes que
afectaron el resultado fiscal de Campus, S.A. de
C.V. y compañías subsidiarias, fueron las relativas
al reconocimiento de los efectos de la inflación, que
tienen un tratamiento distinto para efectos con-
tables y fiscales, las compras de inventarios y cier-
tas provisiones y estimaciones de gastos.
c) Pérdidas fiscales
por amortizar
Al 31 de diciembre de 1999 las compañías
tienen pérdidas fiscales por amortizar indexadas
hasta esta fecha, sin incluir la del ejercicio, como
sigue:
VENCIMIENTO IMPORTE
DICIEMBRE 2001 $ 12,649
DICIEMBRE 2002 20,390
DICIEMBRE 2003 29,388
DICIEMBRE 2004 39,008
DICIEMBRE 2005 17,413
DICIEMBRE 2006 6,168
DICIEMBRE 2007 4,214
DICIEMBRE 2008 13,141
$ 142,371
=========
Estas pérdidas se seguirán indexando en los
ejercicios siguientes hasta el ejercicio en que se
apliquen.
UNICA PUBLICACION
AVISO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETARO, POR
EL QUE SE DEFINE EL NUMERO DE BOLETAS
ELECTORALES QUE HABRAN DE IMPRIMIRSE,
INCLUYENDO LAS ADICIONALES PARA LOS
REPRESENTANTES DE PARTIDOS POLÍTICOS
Y/O COALICIONES ANTE MESAS DIRECTIVAS
DE CASILLA Y GENERALES, ASI COMO LAS
BOLETAS ELECTORALES PARA LOS
CIUDADANOS QUE SE BENEFICIEN CON
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA LA
PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS POLÍTICO -
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