Defensor público

Licenciado Justino:

Me comunico con usted para recibir un consejo. Mi pregunta es que como me dijeron en mi trabajo que nos iban a despedir, pero no sé la razón yo quiero saber ¿qué derechos me corresponden como trabajadora? ¿Es un finiquito o una liquidación? Le agradezco sus consejos. Gracias, señor Justino.

Atentamente: Carolina Suárez

Estimada Carolina:

Respecto a tu pregunta, según de la Ley Federal del Trabajo, el empleador o el trabajador pueden rescindir la relación de trabajo, sin embargo, tienen que darse ciertos requisitos. Ahora bien, el patrón podrá despedir justificadamente a un empleado si éste realiza alguna de estas conductas durante sus labores, que pueden ser: faltas de probidad u honradez, tratarse de actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia; entre otros motivos. En este caso, el patrón tiene que entregar al trabajador de forma personal la justificación del despido, cuando lo despida o en los siguientes 5 días hábiles mediante el Tribunal de su competencia, si no se da así, se da el supuesto de despido injustificado.

Actualmente se dan casos que por reestructura de la empresa hay despidos por que desapareció tu puesto. Esa es una causa atribuible al patrón. Otro supuesto es cuando la empresa cierra y por último es cuando renuncias por causa atribuidas al patrón. La liquidación debe incluir tres meses de salario, prima de antigüedad, salarios vencidos, despido...

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