Defensor público

Licenciado Justino:

En la empresa donde trabajo han empezado a correr gente, y debido a una reestructura, unos puestos desaparecen y otros entran con menos sueldo.

En las liquidaciones están pagando 3 meses de sueldo, la prima de antigüedad que es la que se calcula en base de a dos salarios mínimos y es 12 días por año, pero no están dando la indemnización por antigüedad, alegando que no hay dinero para pagarla, y que si no firman lo que se les ofrece serán personas non gratas y no se les dará carta de recomendación, boletinándolos para que no sean contratados. Aunado a eso se burlan diciendo que ya no existen los sueldos caídos. Lo más grave es que no se les paga la quincena correspondiente de esa fecha pues está adjunta al cheque de liquidación.

Nadie sabe qué hacer. Hay gente que llevaba 20 años y no les dieron mucho. Para protegerse y condicionarlos a recibir el cheque los llevan a la junta de conciliación y arbitraje para que ahí firmen, sino no les dan su cheque. ¿A que tenemos derecho cuando nos corren y si es legal lo que están haciendo?

Atentamente: Ángel

Estimado Ángel:

Por ley, en caso de despido el patrón está obligado a indemnizar al trabajador con el pago de 20 días por año trabajado, la parte proporcional del aguinaldo y la prima de antigüedad, que se calcula con base en 12 días por cada año de servicios prestados. Aunado a esto, se debe...

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