Defensor público

Licenciado Justino:

Causé baja de la Secretaría de Seguridad Pública del DF en 2008, según la Ley puedo solicitar una pensión por edad y tiempo de servicios. Tenía un préstamo de la Caja de Previsión de la Policía, el cual dejé de pagar al causar baja, y como tiene intereses del 27% anual sobre saldos insolutos, la cantidad a pagar ya es muy cuantiosa. Leí en la ley correspondiente que pasados 10 años prescribe el derecho de cobro.

¿Desde cuándo la caja puede ejercitar su derecho? ¿De qué forma me ayudaría el artículo que menciona esto? ¿Hay alguna forma de negociar un pago menor? Por su atención, gracias.

Atentamente: Ex policía

...............

R: Mi muy estimado lector,

Como indicas correctamente, de acuerdo a la Ley de la Caja de Previsión de la SSP, la autoridad tiene 10 años antes de que prescriba su derecho de cobro. Sin embargo, este plazo se interrumpe cuando te requieren el pago mediante un oficio firmado por el acreedor, por lo que si recibiste alguna notificación de cobro de este tipo, debes contar los 10 años a partir de que recibiste la última de éstas. En cuanto hayan pasado exactamente los 10 años, ni más ni menos, la Caja de Previsión perdería su derecho a cobrarte y por lo tanto quedarías liberado de tu obligación de...

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