La Defensa Penal de la Persona Jurídica en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio en México

AutorMartha Vázquez Cortes
Páginas62-63
La Defensa Penal de la
Persona Jurídica en el
Nuevo Sistema Penal
Acusatorio en México
Sin embargo, ¿qué tan eficaces han resultado los
programas de cumplimiento en México en una
defensa por una responsabilidad penal de una
persona jurídica? Cabe destacar que para que un
programa de cumplimiento penal tenga eficacia al
momento de un litigio penal, debe estar diseñado
desde la estrategia de su aportación como
antecedente de investigación, así como su
incorporación ya sea ante un ministerio público,
juez de control o tribunal de enjuiciamiento, para lo
cual será necesario tener la identificación del
testigo de acreditación, quien deberá demostrar la
capacidad técnica y expertis.
 Asimismo, debe considerarse que un programa
de cumplimiento estará conformado por diversos
procesos, políticas, protocolos, por lo cual será
necesario tener claridad en la estrategia sobre la
incorporación de prueba material y documental,
basada en las reglas de litigación oral para la
incorporación de documentales voluminosas, así
como tener en cuenta la prevalencia del mejor
documento al que alude el Código Nacional de
Procedimientos Penales en su artículo 382.
Martha Vázquez Cortes
El nuevo sistema penal acusatorio en México,
años después de que entró en vigor el Nuevo
Código Nacional de Procedimientos Penales en
el año 2016, se incluyó el Capítulo II del Título X
(Código Nacional de Procedimientos Penales;
Título X.- Procedimientos Especiales, Capítulo
II.-Procedimiento para Personas Jurídicas), el
cual introdujo en nuestro país la
responsabilidad penal de las personas jurídicas,
estableciendo las reglas procesales para el
ejercicio de la acción penal en contra de ellas,
por delitos cometidos a su nombre, por su
cuenta, en su beneficio o a través de los medios
que ellas proporcione, cuando además haya
existido inobservancia del debido control
dentro de la organización, con independencia
de la responsabilidad penal en que puedan
incurrir sus representantes o administradores
de hecho o de derecho, a excepción de las
instituciones estatales.
 A lo largo de estos 5 años, aún la estadística
refleja la complejidad para el inicio de una
noticia criminal, así como para la aportación de
antecedentes en las carpetas de investigación
que se han iniciado por causa de una
responsabilidad penal de una persona jurídica.
 Uno de los recursos de defensa que aún
esta perfeccionando su eficacia, son los
llamados programas de cumplimiento penal,
mejor llamados “compliance penal”, los cuales
deben ser elaborados bajo el estudio y análisis
de su actividad económica, ya que la
elaboración de una matriz de delitos debe estar
alineada principalmente a los riesgos delictivos
preponderantes y como resultado de su
actividad económica y comercial. Es decir, cada
programa de cumplimiento deberá elaborarse
bajo la muy conocida expresión “un traje a
medida de cada empresa”, considerando como
buena práctica iniciar con una auditoría legal
que permita detectar, mantener, mejorar o
regularizar los controles legales, pero sobre
todo dar cumplimiento a la regulación legal
para la constitución y funcionamiento de la
persona jurídica.

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