La defensa de culpables, ¿Es moralmente reprochable?

AutorPedro Ordorica Vázquez
Páginas72-73
La Barra Abril-Julio 2015
70
Fundación Barra Mexicana
La defensa de culpables,
¿Es moralmente reprochable?
Por: Pedro Ordorica Vázquez
El ejercic io pr ofesional de la aboga cía es u no d e lo s má s
importantes dentro de la estructura social. La razón de ello
descansa en los valores que son puestos en juego en el mismo
actuar profesional del ab ogado. La gura que representa el abogado
es un rol c on estrecha relación de valores ético y morales, los de más
alta escala, raz ón por la cual está muy presente dentro del imaginario
colectivo, tan es así que la sociedad ha calicado con maniquea severidad
al gremio; como para unos en un mismo actuar eres dios para otros eres
el diablo mismo.
Esta idea puede parecer desquiciante, pero es entendible porque cada una
describe cierta dimensión del actuar del abogado. La metáfora maniquea
descansa en la condena popular que existe sobre los abogados defensores,
quienes a sabiendas de la probable o plena culpabil idad de su cliente,
argumentan y prueban hac iendo uso de sus dotes profesionales a favor
de la inocencia de éste, cuestionando la validez, legalidad y convicción
de la evidencia en su contra.
De dicha situación se desprenden varias pregunta s pola rizantes como:
¿la verdad legal es lo mismo qu e la Verdad?, ¿el sistema proc esal de
un Estado deb e de tener la solidez para c ondenar a los c ulpables?,
¿el aboga do es juez y par te?, ¿el abogado debe de guardar lealtad
absoluta con su cliente?, ¿el abogado d efensor debe de juzgar a su
cliente?, ¿si el abogado a sabiendas d e que su cliente es culpable y no
lo deende sostenie ndo su inociencia, engaña a éste?, ¿es reprochable
evidenciar la nulidad de una prueba que evidencia la culpab ilidad
real del clie nte?, ¿es reproch able inter rogar a un testigo ut ilizando
técnicas de l itigación pa ra generar la co ntradicción del testi monio,
aún a sabien das de que dice l a verdad el ateste?, ¿el sistema pro cesal
acusatorio (adversarial) valida al abogado como un celoso defensor
de los inter eses de su cliente?
“…tal apariencia se disuelve cuando se advierten las diferentes razones
que suby acen a las distintas analogía s. Cada una hace referencia a
diferentes aspectos de la actividad profesional del abogado. Mientras,
por un lado, la analogía con Dios descan sa en la celosa defensa de los
intereses de sus clientes que el abogado debe realizar; Dios es alguien
que está de nuestro lado del mismo modo incondicional que el abogado
está del la do de su cliente; Dios no es Juez, sino part e.1 La analogía
1 Esta idea del abogado como celoso defensor de los intereses de su cliente forma parte de lo que
William H. Simon denomina “la visión dominante” del ejercicio profesional. Según esta visión, “the
lawyer must-or at least may-pursue any goal of the client through any arguably legal course of action
and assert any nonfrivolous legal claim.” (Simon, 1998: 7)

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