Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Fecha de publicación16 Marzo 2022
EmisorSECRETARIA DE SALUD
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-general-salud-42602248">Ley General de Salud</a>
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
Artículo Único.- Se reforman los artículos 3o., fracción XIII; 17 bis, fracción II; 130; 146; 155; 156, fracciones II y III; 157; 409 y 463 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3o.- ...
I. a XII. ...
XIII. La prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud de la persona;
XIV. a XXVIII. ...
Artículo 17 bis.- ...
...
I. ...
II. Proponer al Secretario de Salud la política nacional de protección contra riesgos sanitarios así como su instrumentación en materia de: establecimientos de salud; medicamentos y otros insumos para la salud; disposición de órganos, tejidos, células de seres humanos y sus componentes; alimentos y bebidas, productos cosméticos; productos de aseo; tabaco, plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; productos biotecnológicos, suplementos alimenticios, materias primas y aditivos que intervengan en la elaboración de los productos anteriores; así como de prevención y control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud de la persona, salud ocupacional y saneamiento básico;
III. a XIII. ...
Artículo 130.- La Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades laborales y las instituciones públicas de seguridad social, y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán, desarrollarán y difundirán investigación multidisciplinaria que permita...

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