Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo Transitorio Décimo Quinto, del Decreto por el que seexpide la Constitución Política de la Ciudad de México, el 5 de febrero de 2017, se reforma el primer párrafo delartículo Transitorio Octavo, de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, publicada enla Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 20 de diciembre de 2019

DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO TRANSITORIO DÉCIMO QUINTO, DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 5 DE FEBRERO DE 2017. SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO TRANSITORIO OCTAVO, DE LA LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 20 DE DICIEMBRE DE 2019

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed.

Que el H. Congreso de la Ciudad de México I Legislatura, se ha servido dirigirme el siguiente:

D E C R E T O

CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

I LEGISLATURA

EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DECRETA:

SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO TRANSITORIO DÉCIMO QUINTO, DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 5 DE FEBRERO DE 2017. SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO TRANSITORIO OCTAVO, DE LA LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 20 DE DICIEMBRE DE 2019.

PRIMERO. Se reforma el segundo párrafo del Artículo Transitorio DÉCIMO QUINTO, del Decreto por el que se expide la Constitución Política de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017, para quedar como sigue:

DÉCIMO QUINTO. - 2026

La ley de planeación establecerá el calendario para la elaboración del Plan General de Desarrollo, el Programa General de Ordenamiento Territorial y los Programas de Ordenamiento Territorial de cada demarcación; el Programa de Gobierno de la Ciudad de México y los programas de gobierno de las alcaldías; así como los programas sectoriales, especiales e institucionales; y los programas parciales de las colonias, pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas, sobre la base de que el Plan General de Desarrollo entre en vigor el 1 de octubre de 2022, el Programa de Gobierno de la Ciudad de México y los programas de gobierno de las alcaldías lo harán el 1 de abril de 2023, el Programa de Ordenamiento Territorial el 1 de octubre de 2022, y los programas de ordenamiento territorial de cada una de las demarcaciones el 1 de abril de 2023.

2026

2026

SEGUNDO. Se reforma el primer párrafo del Artículo Transitorio OCTAVO, de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de diciembre de 2019, para quedar como sigue:

OCTAVO. El Plan...

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