Decreto que reforma el Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Politécnica de Querétaro.

Pág. 14788 PERIÓDICO OFICIAL 24 de julio de 2015
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE QUERÉTARO
La H. Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Querétaro, en ejercicio de las facultades que le
confieren los artículos 7 fracción IV, del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado
denominado Universidad Politécnica de Querétaro y 54 fracción IX de la Ley de la Administración
Pública Paraestatal del Estado de Querétaro y
CONSIDERANDO
1. Que una de las políticas del Ejecutivo del Estado es actualizar permanentemente el marco jurídico que rige
la acción de Gobierno.
2. Que en fecha 29 de enero de 2014 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
―La Sombra de Arteaga‖, el Reglamento de Ingreso , Promoción y Permanencia del Personal Académico de
la Universidad Politécnica de Querétaro.
3. Que dados los avances y crecimiento que ha logrado la Universidad Politécnica de Querétaro, es necesaria
la actualización de dicho reglamento.
4. Que es igualmente importante el señalamiento de que el personal de tiempo completo cubra una jornada
laboral completa y que, respecto del personal académico de asignatura se pretende dedique a sus
actividades en la Universidad un máximo de dieciocho horas a la semana, en la medida en que la
experiencia laboral que éste último aporta al proceso de enseñanza-aprendizaje, vital en el modelo educativo
de las Universidades Politécnicas, sólo se entiende si su principal actividad profesional la lleva a cabo en la
industria o empresa. Es claro que el principio que anima esta disposición es estrictamente académico.
5. Que en fecha 30 de octubre de 2014 la H. Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Querétaro
mediante acuerdo UPQ-2014-JD02-06, autorizó la reforma necesaria para el Reglamento de Ingreso,
Promoción y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Politécnica de Querétaro ―RIPPPA‖.
Por lo anterior y a efecto de contar con la debida reforma de la disposición reglamentaria señalada, se tiene a
bien emitir el siguiente:
DECRETO QUE REFORMA EL REGLAMENTO DE INGRESO, PROMOCIÓN Y PERMANENCIA DEL
PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE QUERÉTARO.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 10, 13, 14, 17, 18, 24, 41 al 43, 46 y 47, así como
los relativos 54, 55, 58, 59, 63, 68 y 70, asimismo se adiciona el artículo 15 bis para quedar como sigue:
Capítulo I
De las Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1. El presente reglamento tiene por objeto regular el ingreso, promoción, permanencia y
reconocimiento del personal académico de la Universidad Politécnica de Querétaro, en lo sucesivo la
Universidad.
ARTÍCULO 2. Se considera personal académico, al conjunto de trabajadores que bajo la responsabilidad de la
Universidad ejerce funciones de docencia, investigación aplicada o desarrollo tecnológico, así como los
Directores y Coordinadores de los programas educativos y el Secretario Académico. (Reformado JD02.2014,
30-X-14)
ARTÍCULO 3. Los profesores por sus horas de trabajo se clasifica en:
I. De tiempo completo o carrera: el tiempo académico laborable es de hasta 40 horas semanales, y
II. De asignatura o por horas de clase: el tiempo académico laborable es hasta de 18 horas
semanales.
(Reformado JD02.2014, 30-X-14)

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