DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL ARTÍCULO 216 Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 216 BIS, DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE PABELLÓN DE ARTEAGA.

Fecha de publicación23 Enero 2023
SecciónTercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 35Enero 23 de 2023 (Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE PABELLÓN DE ARTEAGA
M.A.T.I. Humberto Ambriz Delgadillo, en mi carácter de Presidente Municipal de Pabellón de Arteaga,
Aguascalientes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II, párrafo segundo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 68 de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes; artículos 16, 36 fracciones I y XXXIX, 89 y 91 de la Ley Municipal para el Estado de
Aguascalientes; artículo 21 fracción I y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Pabellón de
Arteaga, por este medio hace saber que el Honorable Ayuntamiento de Pabellón de Arteaga para el period o
2021-2024, en sesión extraordinaria de cabildo con fecha veintitrés de diciembre de 2022, tuvo a bien
aprobar, por mayoría de votos, la reforma al artículo 216 y la adición del artículo 216 BIS, del Código
Municipal de Pabellón de Arteaga, de conformidad con el siguiente:
Núm. de Licitación Capital Contable Requerido
LPE
-001-2023, paquete 01 $6000,000.00
El Capital Contable deberá acreditase con Estado de Resultados 2022, Balanc e General 2022 y
la Declaración Anual 2021.
En el caso de no contar con alguno de los supuest os de los numerales 12.3 y 12.4, de igual manera
lo tendrá que manifestar bajo protesta de decir verdad.
12.6 Cédula definitiva del Padrón Estatal de Contratistas de Obra Pública 2022 ó 2023, o Cedula
Provisional, o los documentos a los que se refiere el numeral 7 de esta convocatoria.
12.7 Escrito en papel membretado de la empresa donde manifieste el domicilio para oír y recibir todo
tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de licitación.
12.8 Anexar para su comprobación copia de los contratos realizados, y un manifiesto bajo protesta de
decir verdad que los contratos proporcion ados son ciertos. En el caso de comprob ar la experiencia
y capacidad técnica con obras particulares deberá demostrar fehacientemente haberlas ejecutado,
aparte del contrato u orden de trabajo, con l a documentación fiscal que lo acredite (facturas, SATIC-
01 correspondiente, etc.) apercibido que en caso de que “LA SECRETARÍA” compruebe que alguna
parte de la información señalada es falsa, o en caso de presentar obras que no sean similares en
complejidad, magnitud (al menos de 450 m3 de concreto por cada contrato) y monto (por lo menos
de 7mdp) no se toma rán en cuenta para dar cumplimiento a lo aquí establecido, procediendo a
desechar la solicitud de inscripción.
12.9 Escrito en papel membretado de la empresa y bajo protesta de decir verdad, de no
encontrarse en los supuestos señalados en los Artículos 32, 33 y 56 de la Ley.
12.10 Escrito en papel membretado de la empresa y bajo protesta de decir verdad que “EL
LICITANTE” ha cumplido con sus obligaciones contractuales con “LA SECRETARÍA” y que por
consiguiente no cuentan con obras contratadas con un atraso mayor al 10 % del avanc e físico al
momento de la presentación de la propuesta.
12.11 Escrito en papel membretado de la em presa y bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente
con sus obligaciones fiscales.
12.12 En el caso de asociación en participación se deberán entregar los siguientes documentos por parte
del ASOCIADO y el ASOCIANTE, numerales: 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.8, 12.9, 12.10 y 12.11, así
mismo tal hecho deberá manifestarse en la solicitud de inscripción a la que se refiere el numeral
12.1 de esta convocatoria.
13. Los criterios para la inscripción y adjudicaci ón del contrato se basan en los artículos 43 y 44 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios y en los
artículos 114, 115y 116del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el
Estado de Aguascalientes.
14. “LA SECRETARÍA” podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la
información que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para las visitas de verificación en la
Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.
Calvillo, Ags., a 23 de enero de 2023
I.E. JULIO CÉSAR VELASCO LÓPEZ
Secretario de Obras Públicas.
Núm. de Licitación
Capital Contable Requerido
LPE-001-2023, paquete 01
$6000,000.00
El Capital Contable deberá acreditase con Estado de Resultados 2022, Balanc e General 2022 y
la Declaración Anual 2021.
En el caso de no contar con alguno de los supuest os de los numerales 12.3 y 12.4, de igual manera
lo tendrá que manifestar bajo protesta de decir verdad.
12.6 Cédula definitiva del Padrón Estatal de Contratistas de Obra Pública 2022 ó 2023, o Cedula
Provisional, o los documentos a los que se refiere el numeral 7 de esta convocatoria.
12.7 Escrito en papel membretado de la empresa donde manifieste el domicilio para oír y recibir todo
tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de licitación.
12.8 Anexar para su comprobación copia de los contratos realizados, y un manifiesto bajo protesta de
decir verdad que los contratos proporcion ados son ciertos. En el caso de comprob ar la experiencia
y capacidad técnica con obras particulares deberá demostrar fehacientemente haberlas ejecutado,
aparte del contrato u orden de trabajo, con l a documentación fiscal que lo acredite (facturas, SATIC-
01 correspondiente, etc.) apercibido que en caso de que “LA SECRETARÍA” compruebe que alguna
parte de la información señalada es falsa, o en caso de presentar obras que no sean similares en
complejidad, magnitud (al menos de 450 m3 de concreto por cada contrato) y monto (por lo menos
de 7mdp) no se toma rán en cuenta para dar cumplimiento a lo aquí establecido, procediendo a
desechar la solicitud de inscripción.
12.9 Escrito en papel membretado de la empresa y bajo protesta de decir verdad, de no
encontrarse en los supuestos señalados en los Artículos 32, 33 y 56 de la Ley.
12.10 Escrito en papel membretado de la empresa y bajo protesta de decir verdad que “EL
LICITANTE” ha cumplido con sus obligaciones contractuales con “LA SECRETARÍA” y que por
consiguiente no cuentan con obras contratadas con un atraso mayor al 10 % del avanc e físico al
momento de la presentación de la propuesta.
12.11 Escrito en papel membretado de la em presa y bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente
con sus obligaciones fiscales.
12.12 En el caso de asociación en participación se deberán entregar los siguientes documentos por parte
del ASOCIADO y el ASOCIANTE, numerales: 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.8, 12.9, 12.10 y 12.11, así
mismo tal hecho deberá manifestarse en la solicitud de inscripción a la que se refiere el numeral
12.1 de esta convocatoria.
13. Los criterios para la inscripción y adjudicación del contrato se basan en los artículos 43 y 44 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios y en los
artículos 114, 115y 116del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el
Estado de Aguascalientes.
14. “LA SECRETARÍA” podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la
información que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para las visitas de verificación en la
Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.
Calvillo, Ags., a 23 de enero de 2023
I.E. JULIO CÉSAR VELASCO LÓPEZ
Secretario de Obras Públicas.

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