Decreto que Reforma y Adiciona diversas disposiciones del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial, Profesionalización y Régimen Disciplinario de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Pág. 770 PERIÓDICO OFICIAL 17 de enero de 2020
PODER EJECUTIVO
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que me
confieren los artículos 22, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro y 9 de la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. El 26 de marzo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia
de Guardia Nacional.
Ante ello, el Artículo Cuarto Transitorio, fracción I del Decreto de reforma de referencia, estableció como obligación
del Congreso de la Unión, el expedir la reforma a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
2. En razón de lo anterior, el 27 de mayo de 2019, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por
el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la Ley Nacional del Registro de
Detenciones, ordenamientos que contemplan diversas obligaciones para los integrantes de las instituciones de
seguridad de las entidades federativas.
3. Por otra parte, el 12 de mayo de 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga”, el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial, Profesionalización y Régimen
Disciplinario de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, cuyo objeto
consiste en regular los procedimientos que integran el Servicio Profesional de Carrera Policial, profesionalización y el
régimen disciplinario policial.
4. Posteriormente, el 14 de mayo de 2019 se publicó en el medio oficial de difusión antes mencionado, el Decreto
que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial,
Profesionalización y Régimen Disciplinario de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder E jecutivo del Estado
de Querétaro, con el propósito de atender diversos ajustes de carácter operativo en materia de régimen disciplinario.
5. Bajo ese contexto, y con motivo de la reforma constitucional de referencia, así como con la entrada en vigor de la
reforma a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, deviene necesario realizar diversas
adecuaciones con la finalidad de alinear el presente Reglamento con la legislación nacional.
Por lo anteriormente expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL, PROFESIONALIZACIÓN Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Artículo Único. Se reforman los artículos 2, fracciones IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI; 15, fracción II, inciso b); 37; 46;
49; 54; 55; 57; 58; 62; 63, y 101 fracciones II y III; asimismo, se adiciona al artículo 101, la fracción IV, el artículo 107
bis del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial, Profesionalización y Régimen Disciplinario de la
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para los efectos…
I. a III
IV. Centro: Centro de Capacitación, Formación e Investigación para la Seguridad del Estado de Querétaro;
V. Centro de Evaluación: el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Querétaro;
VI. Comisión: la Comisión de Carrera Policial;
VII. Consejo: el Consejo de Honor y Justicia;

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