Decreto Número 98.- Por el que se aprueba el nombramiento de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, por el término de quince años a favor de los profesionales del derecho

Página 2 22 de junio de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 98
LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA H. “LIX”
LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 61 fracción XV y 109 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México; 33 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 16, 17, 25, 26, 63 fracción IV, 64
fracciones II y VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se aprueba el nombramiento de Magistrados del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de México, que hiciera el Consejo de la Judicatura, por el término de quince años a favor de los
profesionistas en derecho:
1. José Luis Cervantes Martínez
2. Fernando Díaz Juárez
3. José Luis Embris Vásquez
4. Arturo Márquez González
5. María Alejandra Almazán Barrera
6. Sara Gabriela Bonilla López
7. Erika Icela Castillo Vega
8. Edwin Milton Cruz Casares
9. Marco Antonio Díaz Rodríguez
10. José Luis Maya Mendoza
11. Edgar Hernán Mejía López
12. Mario Eduardo Navarro Cabral
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los profesionistas del Derecho que han sido designados Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, entrarán
en funciones en la fecha que determine el Consejo de la Judicatura del Estado, conforme a las necesidades del servicio y la existencia de
las vacantes definitivas respectivas.
En todo caso, el cómputo del periodo constitucional de quince años iniciará a partir de la fecha en que entre en funciones en el cargo de
Magistrado.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los dieciséis días del mes de
junio del año dos mil dieciséis.- Presidenta.- Dip. Brenda María Izontli Alvarado Sánchez.- Secretaria.- Dip. Nelyda Mociños Jiménez.-
Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 22 de junio de 2016.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

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