Decreto Número 98.- Por el que se adiciona la fracción XVI Bis al artículo 2.22 del Código Administrativo del Estado de México.

10 de diciembre de 2019 Página 13
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus
habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LX” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 98
ARTÍCULO PRIMERO. Se adiciona la fracción XVI Bis al artículo 2.22 del Código Administrativo del Estado de
México, para quedar como sigue:
Artículo 2.22.-
I. a XVI.
XVI Bis.- Desarrollar programas que fomenten la atención integral de la mujer durante el embarazo, el parto, el
puerperio o en emergencia obstétrica, así como, coordinar la implementación de políticas públicas
transversales, y la elaboración de programas de promoción, orientación y prevención, encaminados a erradicar
la violencia obstétrica.
XVII. a XIX.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
"Gaceta del Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los
catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.- Presidente.- Dip. Nazario Gutiérrez Martínez.-
Secretarios.- Dip. Reneé Alfonso Rodríguez Yánez.- Dip. Camilo Murillo Zavala.- Dip. Araceli Casasola Salazar.-
Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 29 de noviembre de 2019.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. SERGIO ALEJANDRO OZUNA RIVERO
(RÚBRICA).

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