Decreto Número 81.- Por el que se adiciona una fracción III Bis al artículo 11 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México.

Viernes 23 de septiembre de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIV No. 55
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a
sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 81
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona una fracción III Bis al artículo 11 de la Ley de Desarrollo Social del
Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 11.-
I. a III.
III Bis. Desarrollo Rural Sostenible;
IV. a VII.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno”.
TERCERO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que contravengan lo dispuesto
por este decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de
México, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.- Presidente.- Dip. Enrique
Edgardo Jacob Rocha.- Secretarias.- Dip. María Elida Castelán Mondragón.- Dip. Silvia Barberena
Maldonado.- Dip. Claudia Desiree Morales Robledo.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 22 de septiembre de 2022.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA.- RÚBRICA.

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