Decreto Número 550 para Inscribir con Letras de Oro en el Recinto Oficial del H. Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave la Leyenda '2015, Centenario de la Fuerza Aérea Mexicana'

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ

Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz

La Honorable Junta Directiva del Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz, en uso de las facultades que le otorgan los artículos 50, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1º, 3º, 40, 44 y 46 de la Ley Orgánica del del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y octavo, fracción XIII, del Decreto que crea el Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz, de fecha 30 de julio de 1988 y publicado en la Gaceta Oficial del estado número 99, de fecha 18 de agosto de 1988 y de conformidad a lo acordado en la Tercera Sesión Ordinaria 2014, de fecha 12 de septiembre de 2014 mediante el Acuerdo número SO/II5/13/6/2013R, declara aprobado el siguiente:

A C U E R D O

Que adiciona la fracción XIV del Artículo 3º; deroga el Capítulo VIDe las facultades de la Dirección de Asuntos Jurídicos en su Artículo 8º; adiciona el Capítulo XVI, Artículo 18 y se corre la numeración de los subsecuentes Capítulos y Artículos, del Estatuto Orgánico del Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz.

Artículo primero Se adiciona la fracción XIV del Artículo 3º del Estatuto Orgánico del Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz, para quedar como sigue:
Artículo 3º El Colegio contará con las siguientes Áreas Directivas, para el cumplimiento de su objeto:
  1. Dirección General;

  2. Dirección Académica;

    III.Dirección de Planeación, Programación y Presupuesto;

  3. Dirección de Asuntos Jurídicos;

  4. Dirección de Operación Regional;

  5. Dirección Administrativa;

  6. Coordinaciones de Zona;

  7. Contraloría Interna;

  8. Subdirección Académica;

  9. Enlace Interinstitucional de Coordinadores;

    XI.Jefaturas de Departamento;

  10. Unidad de Comunicación Educativa;

  11. Unidad de Género;

  12. Unidad de Acceso a la Información;

  13. Direcciones de Plantel;

  14. Subdirecciones de Plantel.

Artículo segundo Se deroga el Capítulo VIDe las facultades de la Dirección de Asuntos Jurídicos Artículo 8º, para quedar como sigue:
CAPÍTULO VI Artículo tercero

De las facultades de la Dirección de Asuntos Jurídicos

Artículo 8º Son facultades del Director de Asuntos Jurídicos, las siguientes:
  1. Intervenir como apoderado legal del Colegio de Bachilleres del Estado de...

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