Decreto Número 489.- Por el que Se reforma la fracción XXXIII del artículo 38 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

CETA
40113£10-
44~
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 19 de agosto de 2015
Tomo CC
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
No. 36
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SUMARIO:
DECRETO NÚMERO 489.- POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN
XXXIII DEL ARTÍCULO 38 TER DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
DICTAMEN.
"2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón".
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
LA H. "LVIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
Se reforma la fracción XXXIII del artículo 38 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 38 Ter....
I.
a
XXXII....
XXXIII.
Registrar, certificar, legalizar y apostillar las firmas autógrafas y electrónicas, los sellos oficiales y electrónicos de los
funcionarios estatales, presidentes y secretarios municipales y de los demás funcionarios a quienes esté encomendada la fe
pública.
XXXIV.
a
XXXVI....
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".
TERCERO.
El Titular del Ejecutivo del Estado expedirá las reformas reglamentarias respectivas en un plazo no mayor de
sesenta días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

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