Decreto Número 375.- Por el que se reforman los artículos 16 y 33 en su fracción XI, se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo 33 y un tercer párrafo a la fracción I del artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

18 de diciembre de 2014 Página 11
DIP. DORA ELENA
REAL SALINAS
(RÚBRICA).
DIP. MARTHA ELVIA
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ
(RÚBRICA).
DIP. MARÍA TERESA
GARZA MARTÍNEZ
(RÚBRICA).
DIP. ELDA
GÓMEZ LUGO
(RÚBRICA).
DIP. GUADALUPE GABRIELA
CASTILLA GARCÍA
(RÚBRICA).
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 375
LA H. "LVIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ART ÍCULO ÚNI CO.- Se reforman los artículos 16 y 33 en su fracción XI. Se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo
33 y un tercer párrafo a la fracción I del artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, para
quedar como sigue:
Art ículo 16. - Los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y los jueces serán designados por el Consejo de la
Judicatura del Estado de México, previo concurso de oposición público y abierto.
El proceso de selección y nombramiento de magistrados se regirá por los principios de legalidad, veracidad, acceso a la
información, publicidad, libre concurrencia, igualdad, transparencia, objetividad, razonabilidad, mérito, idoneidad y
capacidad.
Artículo 33.-
I. a X.
XI. Expedir y modificar el Reglamento de Selección y Nombramiento de Magistrados;
XII. Expedir y modificar el Reglamento de Selección y Nombramiento de Consejeros de la Judicatura;
XIII. Ejercer las atribuciones que le señalen esta ley y otros ordenamientos.
Artículo 108.-
I.
Quien supla la ausencia temporal lo hará por todo el tiempo que dure la ausencia del titular.
II. a VI.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".

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