DECRETO NÚMERO 298.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN LAS FRACCIONES I, II, III Y IV Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES V Y VI, ASÍ COMO UN TERCER PÁRRAFO AL ARTÍCULO 183 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación30 Diciembre 2019
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 21Diciembre 30 de 2019 (Primera Sección)
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Reforma la Fracción I del Artículo 142 del Código Penal para el Estado de
Aguascalientes, quedando en los siguientes términos:
ARTÍCULO 142.-
I. Se cometa con medios violentos como armas o instrumentos que por su forma y características
simulen serlo, o uso de violencia física o moral, suficiente en contra de la víctima o sobre otra persona que la
acompañe, o cuando se ejerza aquélla para proporcionarse la fuga o mantenerse con lo apropiado;
II. a la XIX. …
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes”, del Palacio
Legislativo, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
Lo que tenemos el honor de comunicar a usted, para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 16 de diciembre del año 2019.
A T E N T A M E N T E .
LA MESA DIRECTIVA
ALEJANDRO SERRANO ALMANZA
DIPUTADO PRESIDENTE
LUIS ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO
ERICA PALOMINO BERNAL
DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente
Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 26 d e
diciembre de 2019.- Martín Orozco Sandoval.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic. Ricardo
Enrique Morán Faz.- Rúbrica.
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función
y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 298
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Reforman las Fracciones I, II, III y IV y se Adicionan las Fracciones V y VI,
así como un tercer párrafo al Artículo 183 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, para quedar
en los siguientes términos:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR