Decreto Número 297.- Con el que se Reforman los Artículos 8 penúltimo párrafo, las fracciones IV y V del 89, inciso a) y b) de la fracción II, fracción III y su inciso a) del 180, 186 primero y segundo párrafo, 188 primero y tercer párrafo, 199, 212, 213, 215 penúltimo párrafo 220 N fracción II, 252 y 253, fracción II; se adiciona la fracción VI del 89, inciso c) a la fracción I, inciso c) y d) a la fracción II del 180, un párrafo al 211, un último párrafo al 251; y se derogan los incisos b), c) y d) de la fracción III e inciso c) de la fracción IV del 180, de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Fecha de publicación14 Agosto 2009
EstadoEstado de México
MunicipioTodos los Municipios
GACETA
DEL
GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CLXXXVIII
A:202131001/02
Número de ejemplares impresos: 600
PODER
EJECUTIVO
DEL ESTADO
Con el que se reforman los artículos 8
'
penúltimo párrafo, las fracciones IV
y V
del
89,
incisos a) y b) de la
fracción II, fracción III y su inciso a) del
180, 186
primero y segundo
párrafos,
188
primer y tercer párrafos,
199, 212 213, 215
penúltimo
párrafo, 220
N
fracción
11, 252 y 253
fracción II; se adiciona la
fracción VI del
89,
inciso c) a la fracción I, incisos c) y d)
a
la fracción
II
del
180,
un párrafo al
211,
un último párrafo al
251; y
se derogan
los incisos
b),
c) y di de la fracción III e inciso c) de la fracción IV del
180,
de la
Ley del
Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios.
EXPOSICION DE MOTIVOS.
DICTAMEN.
2009. AÑO
DE JOSE MARIA MORELOS
Y
PAVON, SIERVO DE
LA
NACIÓN"
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ENRIQUE PEÑA NIETO,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
LA H. "LVI" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se reforman los artículos 8 penúltimo párrafo, las fracciones IV y V del 89, incisos a) y b) de la
fracción II, fracción III y su inciso a) del
180, 186
primero y segundo párrafos,
188
primer y tercer párrafos,
199, 212, 213,
215
penúltimo párrafo, 220 N fracción
II, 252 y 253
fracción
II; se
adiciona la fracción VI del 89, inciso c) a la fracción I,
incisos c) y d) a la fracción II del
180,
un párrafo al
211,
un último párrafo al
251;
y se derogan los incisos b), c) y d) de la
fracción III e inciso c) de la fracción IV del
180,
de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
para quedar como sigue:
Artículo 8.- ...
Son funciones de confianza: las de dirección, inspección, vigilancia, auditoría, fiscalización, asesoría, procuración y
administración de justicia y de protección civil, así como las que se relacionen con la representación directa de los
titulares de las instituciones públicas o dependencias, con el manejo de recursos, las que realicen los auxiliares directos,
asesores, secretarios particulares y adjuntos, choferes, secretarias y demás personal operativo que les sean asignados
directamente a los servidores públicos de confianza o de elección popular.
Artículo 89.-
1. a III.
Toluca
de Lerdo, Méx., viernes 14 de agosto de 2009
No. 33
SUMARIO:
IV. El término o conclusión de la administración en la cual fue contratado el servidor público a que se refiere el artículo 8
de ésta Ley;

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