DECRETO NÚMERO 297.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 142 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación30 Diciembre 2019
Sección
Pág. 20 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 30 de 2019
(Primera Sección)
ARTÍCULO 28.- El superior jerárquico cuando tenga conocimiento de que alguno de sus subalternos
se encuentra en alguna de las causales de impedimento a que se refiere el Artículo 26 de la presente ley,
ordenará que se inhiba de todo conocimiento.
ARTÍCULO 51.-
Las pruebas supervenientes podrán presentarse siempre que no se haya emitido la resolución
definitiva.
ARTÍCULO 92.-
La autoridad, en beneficio del recurrente, podrá corregir los errores que advierta en la cita de los
preceptos que se consideren violados y examinar en su conjunto los agravios, así como los demás
razonamientos del recurrente, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada, pero sin cambiar los
hechos expuestos en el recurso.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes”, del Palacio
Legislativo, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
Lo que tenemos el honor de comunicar a usted, para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 16 de diciembre del año 2019.
A T E N T A M E N T E .
LA MESA DIRECTIVA
ALEJANDRO SERRANO ALMANZA
DIPUTADO PRESIDENTE
LUIS ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO
ERICA PALOMINO BERNAL
DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente
Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 26 d e
diciembre de 2019.- Martín Orozco Sandoval.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic. Ricardo
Enrique Morán Faz.- Rúbrica.
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función
y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 297

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