Decreto Número 284.- Por el que se adiciona el artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México.

Lunes 16 de agosto de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 29
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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LX” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 284
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona el artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México, para
quedar como sigue:
Artículo 227 Bis.- Al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley,
audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme,
fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe,
imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren
relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones
que éstos presentan, se le impondrán de tres a seis años de prisión y multa por un importe
equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las
circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este
artículo se incrementarán hasta en una mitad.
Cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de cualquier institución
de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas previstas se
incrementarán hasta en una tercera parte.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, a los veintidós días
del mes de julio del año dos mil veintiuno.- Presidente.- Dip. Valentín González Bautista.-
Secretarios.- Dip. Óscar García Rosas.- Dip. Araceli Casasola Salazar.- Dip. Rosa María Pineda
Campos.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 29 de julio de 2021.-EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ERNESTO NEMER ALVAREZ.-RÚBRICA.

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